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	<title>Otro mundo está en marcha &#187; Derechos</title>
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	<description>Blogosfera 2015 y más</description>
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		<title>Refugiad@s LGTB, una huida constante de la violencia y la persecución</title>
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		<pubDate>Thu, 03 Mar 2016 15:28:36 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Sergio Aguado Dívar]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Cambio Social]]></category>
		<category><![CDATA[Culturas]]></category>
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		<description><![CDATA[En los últimos meses asistimos con desolación a la creciente demanda de personas desesperadas que llegan a las costas y fronteras europeas huyendo de la violencia, la persecución y la muerte. Desde Siria y Oriente Medio, desde África y Asia Menor. La crisis humanitaria que se desencadenó (al menos en los medios de comunicación) el pasado año no ha hecho más que crecer, al mismo tiempo que ha aumentado la atención mediática y social sobre la situación que viven las y los solicitantes de asilo, la efectividad de las políticas de los países europeos en la materia, y la ausencia de recursos destinados a garantizar el derecho a la protección internacional que se instauró en 1951 en la Convención de Ginebra. Sin embargo, el drama que viven las personas refugiadas se encontraba ahí mucho antes de que lo viéramos en las pantallas: conflictos olvidados y realidades silenciadas han empujado (y siguen haciéndolo) a personas de muy diferentes procedencias en el mundo a buscar la protección a la que tienen derecho en terceros países. Los medios de comunicación, muchas veces orientados a describir la crisis humanitaria en términos de avalancha, otras veces enfocados a describir casos individuales de “víctimas” o “héroes”, muchas veces fallan en ayudarnos a entender la diversidad dentro las personas percibidas y transmitidas como “masa”, y de las diferentes realidades de las personas que huyen de amenazas también cada vez más diversas. Por eso hoy me gustaría abordar la realidad de las personas LGTB demandantes de asilo. La persecución a las personas LGTB en el mundo y su derecho a la protección internacional En muchas partes del mundo hay personas que son víctimas de la persecución y la violencia simplemente por su orientación sexual (real o percibida) o por su identidad de género: según el informe de CEAR El camino hacia una vida digna, al menos 76 países mantienen leyes de criminalización y hostigamiento contra personas con motivo de su orientación sexual e identidad de género, incluidas las que penalizan las relaciones homosexuales consentidas entre adultos. Esta violencia hacia la comunidad LGTB no sólo se produce en contextos de violencia generalizada o conflicto armado: en América Latina, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos informó de 594 asesinatos de personas LGTB entre enero de 2013 y marzo 2014 motivados por prejuicios en los 25 estados miembros de la Organización de Estados Americanos. De acuerdo con el Observatorio sobre el Asesinato de Personas Trans, que está coordinado por el grupo de derechos LGTB Transgender Europe, más de 1.700 personas transexuales han sido asesinadas en 62 países entre 2008 y 2014, lo que es equivalente a un asesinato cada dos días En teoría, las personas que huyen de sus países de origen por estas causas deben siempre tener acceso a protección internacional como refugiadas, o ser consideradas como beneficiarias de otras formas de protección complementaria en los países de asilo. El Articulo 2 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre estipula que «toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. Aunque no existe en este artículo una mención explicita a la orientación sexual o identidad de género, la posterior legislación internacional en materia de protección sí se ha hecho eco en diversos textos legales de la necesidad de contemplar soluciones concretas a amenazas específicas a la seguridad e integridad de las personas LGTB. Sin embargo, la realidad es que, a pesar de la creciente sensibilidad en esta materia por parte de ciertos países que conceden asilo y del creciente número de medidas internacionales y nacionales contra la discriminación de las personas LGTB solicitantes de asilo, existen aún graves deficiencias y disparidades que vulneran su derecho la protección internacional. ACNUR estima en 42 el número de Estados que han concedido asilo a personas con temores fundados de ser perseguidos por su identidad de género u orientación sexual. Sin embargo, un informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos publicado en 2015 considera que “los Estados de acogida no siempre cumplen las leyes internacionales” en cuanto a la protección de las personas LGTB. En muchas ocasiones, la política de concesión de asilo se basa casi en exclusiva en el papel desempeñado por funcionarios encargados de la valoración de casos, que pueden realizar su labor de forma arbitraria o desigual. Esta situación muchas veces perjudica a las personas LGTB solicitantes de asilo, tal y como sostiene el informe Fleeing homofobia, publicado por la organización holandesa COC. La investigación concluye que las personas LGTB que buscan protección internacional se ven afectadas negativamente por el Acuerdo de Dublín, según el cual solo un estado revisa las solicitudes de asilo: entre los países europeos existe una gran diferencia en cuanto a la legislación sobre los derechos de las personas LGTB. Existe además una gran variedad en los procedimientos aplicados para examinar las solicitudes de asilo, y muchas veces las autoridades encargadas de realizar esta labor desarrollan su cometido en base a estereotipos y prejuicios a la hora de examinar las solicitudes de personas LGTB. La organización concluye que, en muchas ocasiones, el carácter fundamental de los más esenciales derechos humanos de las personas LGTB es a menudo anulado. Una de las argumentaciones más habituales empleadas a la hora de denegar solicitudes de asilo a personas LGTB es la idea de que pueden volver a sus países de origen “porque pueden evitar la persecución escondiendo su identidad” o mudándose a otra región donde nadie conozca su identidad sexual. Otras prácticas disuasorias empleadas para evitar la concesión de protección internacional a personas LGTB es la realización de interrogatorios intrusivos y pruebas médicas supuestamente diseñadas para revelar la orientación sexual del solicitante. Uno de los casos mediáticos más relevantes en este sentido fue el protagonizado por Aderonke Apata, una activista lesbiana de derechos de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales, que huyó de su país, Nigeria, para solicitar asilo en Reino Unido. Al igual que le sucede a muchas personas LGTB, Aderonke vio cuestionada su orientación sexual con argumentos tan peregrinos como que “no podía ser lesbiana porque había tenido hijos”. Afortunadamente, una resolución del 2 de diciembre de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ordenó a los Estados que abandonaran estas prácticas intrusivas. &#160; Las personas LGTB que finalmente acceden a protección internacional en países de acogida, muchas veces están lejos de dejar de sufrir la persecución y la violencia. En ocasiones, siguen siendo víctimas de la discriminación en los centros de detención, albergues, o en reasentamientos en comunidades que no les ofrecen la seguridad que buscaban cuando huyeron de sus países, debido a que sufren el acoso de la comunidad receptora, y también de la de pertenencia. Otras veces, son las administraciones públicas las que no previenen la discriminación por motivos de orientación o género en las alternativas habitacionales que ofrecen a refugiadas/os. Casos como los acaecidos en Holanda y el Reino Unido demuestran que el acoso y el abuso que sufren las personas LGTB solicitantes de asilo en centros de detención, albergues y otras medidas de alojamiento es una realidad que hay que considerar a la hora de garantizar la protección que estas personas necesitan. &#160; Afortunadamente, existe una creciente preocupación por parte de la sociedad civil y las administraciones públicas por hacer frente a la necesidad de personas que son doblemente perseguidas. Existen cada vez más recursos específicos para las personas LGTB solicitantes de asilo, entre los que cabe destacar los siguientes: &#160; Guía para refugiad@s queer de la organización alemana LSVD: esta web contiene información legal en cuanto al proceso de solicitud de asilo, adaptada a las necesidades y casos que sufren las personas LGTB que buscan refugio en Alemania. Stronger together: una guía práctica destinada a solicitantes de asilo LGTB en Estados Unidos. &#160; Aparte de estas publicaciones, me gustaría acabar este artículo destacando que la adopción de medidas de protección internacional sensibles a la diversidad es posible y tiene un impacto real en la vida de personas que son víctimas de la persecución y la violencia en múltiples dimensiones: la apertura de un albergue destinado a refugiados/as LGTB en Berlín constituye el perfecto ejemplo de que es posible adaptar los estándares de protección que podemos ofrecer a las necesidades de seguridad que cada solicitante de asilo pueda necesitar. &#160; &#160;]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>En los últimos meses asistimos con desolación a la creciente demanda de personas desesperadas que llegan a las costas y fronteras europeas huyendo de la violencia, la persecución y la muerte. Desde Siria y Oriente Medio, desde África y Asia Menor. La crisis humanitaria que se desencadenó (al menos en los medios de comunicación) el pasado año no ha hecho más que crecer, al mismo tiempo que ha aumentado la atención mediática y social sobre la situación que viven las y los solicitantes de asilo, la efectividad de las políticas de los países europeos en la materia, y la ausencia de recursos destinados a garantizar el derecho a la protección internacional que se instauró en 1951 en la <a href="http://www.acnur.org/t3/fileadmin/scripts/doc.php?file=t3/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0005">Convención de Ginebra</a>.</p>
<p>Sin embargo, <strong>el drama que viven las personas refugiadas se encontraba ahí mucho antes de que lo viéramos en las pantallas</strong>: conflictos olvidados y realidades silenciadas han empujado (y siguen haciéndolo) a personas de muy diferentes procedencias en el mundo a buscar la protección a la que tienen derecho en terceros países.</p>
<p>Los medios de comunicación, muchas veces orientados a describir la crisis humanitaria en términos de avalancha, otras veces enfocados a describir casos individuales de “víctimas” o “héroes”, muchas veces fallan en ayudarnos a entender la diversidad dentro las personas percibidas y transmitidas como “masa”, y de las diferentes realidades de las personas que huyen de amenazas también cada vez más diversas. <strong>Por eso hoy me gustaría abordar la realidad de las personas LGTB demandantes de asilo</strong>.</p>
<p><strong>La persecución a las personas LGTB en el mundo y su derecho a la protección internacional </strong></p>
<p>En muchas partes del mundo hay personas que son víctimas de la persecución y la violencia simplemente por su orientación sexual (real o percibida) o por su identidad de género: según el informe de CEAR <a href="http://perseguidoslgtb.org/doc/Dossier_CEAR_WEB.pdf">El camino hacia una vida digna</a>, <strong>al menos 76 países mantienen leyes de criminalización y hostigamiento contra personas con motivo de su orientación sexual e identidad de género</strong>, incluidas las que penalizan las relaciones homosexuales consentidas entre adultos.</p>
<p>Esta violencia hacia la comunidad LGTB no sólo se produce en contextos de violencia generalizada o conflicto armado: en América Latina, la <strong>Comisión Interamericana de Derechos Humanos informó de 594 asesinatos de personas LGTB entre enero de 2013 y marzo 2014 </strong>motivados por prejuicios en los 25 estados miembros de la Organización de Estados Americanos. De acuerdo con el Observatorio sobre el Asesinato de Personas Trans, que está coordinado por el grupo de derechos LGTB Transgender Europe, <strong>más de 1.700 personas transexuales han sido asesinadas en 62 países entre 2008 y 2014</strong>, lo que es equivalente a un asesinato cada dos días</p>
<p>En teoría, las personas que huyen de sus países de origen por estas causas deben siempre tener acceso a protección internacional como refugiadas, o ser consideradas como beneficiarias de otras formas de protección complementaria en los países de asilo. El Articulo 2 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre estipula que «<em>toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición</em>”. Aunque no existe en este artículo una mención explicita a la orientación sexual o identidad de género, la <a href="http://www.hhri.org/es/thematic/LGBT1.html#%20Derechos%20de%20la%20Comunidad%20LGBT,%20%20Resoluciones%20Internacionales%20y%20Documentos%20Legales">posterior legislación internacional en materia de protección</a> sí se ha hecho eco en diversos textos legales de la necesidad de contemplar soluciones concretas a amenazas específicas a la seguridad e integridad de las personas LGTB. Sin embargo, la realidad es que, a pesar de la creciente sensibilidad en esta materia por parte de ciertos países que conceden asilo y del creciente número de medidas internacionales y nacionales contra la discriminación de las personas LGTB solicitantes de asilo, <strong>existen aún graves deficiencias y disparidades que vulneran su derecho la protección internacional</strong>.</p>
<p>ACNUR estima en 42 el número de Estados que han concedido asilo a personas con temores fundados de ser perseguidos por su identidad de género u orientación sexual. Sin embargo, un <a href="http://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/HRC/29/23&amp;referer=/english/&amp;Lang=S">informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos</a> publicado en 2015 considera que <strong>“los Estados de acogida no siempre cumplen las leyes internacionales” en cuanto a la protección de las personas LGTB</strong>. En muchas ocasiones, la política de concesión de asilo se basa casi en exclusiva en el papel desempeñado por funcionarios encargados de la valoración de casos, que pueden realizar su labor de forma arbitraria o desigual. Esta situación muchas veces perjudica a las personas LGTB solicitantes de asilo, tal y como sostiene el informe <a href="http://www.coc.nl/wp-content/uploads/2013/11/Fleeing-Homophobia-report-EN_tcm22-232205.pdf">Fleeing homofobia</a>, publicado por la organización holandesa COC. La investigación concluye que <strong>las personas LGTB que buscan protección internacional se ven afectadas negativamente por el Acuerdo de Dublín, según el cual solo un estado revisa las solicitudes de asilo</strong>: entre los países europeos existe una gran diferencia en cuanto a la legislación sobre los derechos de las personas LGTB. Existe además una gran variedad en los procedimientos aplicados para examinar las solicitudes de asilo, y muchas veces las autoridades encargadas de realizar esta labor desarrollan su cometido en base a estereotipos y prejuicios a la hora de examinar las solicitudes de personas LGTB. La organización concluye que, en muchas ocasiones, el carácter fundamental de los más esenciales derechos humanos de las personas LGTB es a menudo anulado.</p>
<p>Una de las argumentaciones más habituales empleadas a la hora de denegar solicitudes de asilo a personas LGTB es la idea de que pueden volver a sus países de origen “porque pueden evitar la persecución escondiendo su identidad” o mudándose a otra región donde nadie conozca su identidad sexual. Otras prácticas disuasorias empleadas para evitar la concesión de protección internacional a personas LGTB es la realización de <strong>interrogatorios intrusivos y pruebas médicas supuestamente diseñadas para revelar la orientación sexual del solicitante</strong>. Uno de los casos mediáticos más relevantes en este sentido fue el protagonizado por <a href="http://www.pinknews.co.uk/2015/04/04/nigerian-activists-asylum-appeal-denied-as-judge-doesnt-believe-shes-a-lesbian/">Aderonke Apata</a>, una activista lesbiana de derechos de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales, que huyó de su país, Nigeria, para solicitar asilo en Reino Unido. Al igual que le sucede a muchas personas LGTB, Aderonke vio cuestionada su orientación sexual con argumentos tan peregrinos como que “no podía ser lesbiana porque había tenido hijos”. Afortunadamente, una resolución del 2 de diciembre de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ordenó a los Estados que abandonaran estas prácticas intrusivas.</p>
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<p><strong>Las personas LGTB que finalmente acceden a protección internacional en países de acogida, muchas veces están lejos de dejar de sufrir la persecución y la violencia</strong>. En ocasiones, siguen siendo víctimas de la discriminación en los centros de detención, albergues, o en reasentamientos en comunidades que no les ofrecen la seguridad que buscaban cuando huyeron de sus países, debido a que sufren el acoso de la comunidad receptora, y también de la de pertenencia. Otras veces, son las administraciones públicas las que no previenen la discriminación por motivos de orientación o género en las alternativas habitacionales que ofrecen a refugiadas/os. Casos como los acaecidos en <a href="http://internacional.elpais.com/internacional/2016/02/08/actualidad/1454950469_021073.html?id_externo_rsoc=TW_CM">Holanda</a> y el <a href="http://www.pinknews.co.uk/2015/03/03/mps-lgbt-asylum-seekers-face-bullying-and-abuse-in-british-detention-centres/">Reino Unido</a> demuestran que <strong>el acoso y el abuso que sufren las personas LGTB solicitantes de asilo en centros de detención</strong>, albergues y otras medidas de alojamiento es una realidad que hay que considerar a la hora de garantizar la protección que estas personas necesitan.</p>
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<p>Afortunadamente, existe una creciente preocupación por parte de la sociedad civil y las administraciones públicas por hacer frente a la necesidad de personas que son doblemente perseguidas. Existen cada vez <strong>más recursos específicos para las personas LGTB solicitantes de asilo</strong>, entre los que cabe destacar los siguientes:</p>
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<li><a href="http://www.queer-refugees.de/">Guía para refugiad@s queer de la organización alemana LSVD</a>: esta web contiene información legal en cuanto al proceso de solicitud de asilo, adaptada a las necesidades y casos que sufren las personas LGTB que buscan refugio en Alemania.</li>
<li><a href="http://hrc-assets.s3-website-us-east-1.amazonaws.com/files/assets/resources/LGBT_Asylum_Seekers_FINAL.pdf">Stronger together</a>: una guía práctica destinada a solicitantes de asilo LGTB en Estados Unidos.</li>
</ul>
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<p>Aparte de estas publicaciones, me gustaría acabar este artículo destacando que <strong>la</strong> <strong>adopción de medidas de protección internacional sensibles a la diversidad es posible</strong> y tiene un impacto real en la vida de personas que son víctimas de la persecución y la violencia en múltiples dimensiones: <a href="http://news.trust.org/item/20160122170752-55ba4/?source=hpOtherNews2">la apertura de un albergue destinado a refugiados/as LGTB en Berlín</a> constituye el perfecto ejemplo de que es posible adaptar los estándares de protección que podemos ofrecer a las necesidades de seguridad que cada solicitante de asilo pueda necesitar.</p>
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		<title>El Estado democrático de Derecho será sin Leyes Mordaza o no será</title>
		<link>http://www.otromundoestaenmarcha.org/hable-sin-miedo/2016/03/03/el-estado-democratico-de-derecho-sera-sin-leyes-mordaza-o-no-sera/</link>
		<comments>http://www.otromundoestaenmarcha.org/hable-sin-miedo/2016/03/03/el-estado-democratico-de-derecho-sera-sin-leyes-mordaza-o-no-sera/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 03 Mar 2016 11:17:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Autor invitado: Carlos Escaño]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Políticas Públicas]]></category>

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		<description><![CDATA[A día de hoy pocas personas ponen en cuestión que las Leyes Mordaza vienen a ser una compilación de restricciones al ejercicio de los derechos humanos, si bien hay cuestiones muy relevantes que están pasando desapercibidas y que no pueden dejarse de lado. Si pretendemos volver a una senda más respetuosa con el Estado social y democrático de derecho, el nuevo Gobierno debería derogarlas. Para situarnos, cuando hablamos de Leyes Mordaza nos referimos a la aprobación conjunta del 30 de marzo de 2015 de la Ley Orgánica 1/2015, por la que se reformó el Código Penal, la Ley Orgánica 2/2015, por la que se modificó el Código Penal en materia de delitos de terrorismo, y la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana. Un conjunto de Leyes Mordaza Una de las claves por la que estas reformas han de analizarse de forma conjunta la dio el Consejo General de la Abogacía Española en su comunicado del día siguiente a la aprobación de estas reformas: “El BOE publica la Ley de Seguridad Ciudadana y la reforma del Código Penal con el rechazo de la Abogacía”. En él hacía ver que con estas reformas muchos pequeños delitos han pasado a ser considerados infracciones administrativas en la Ley de Seguridad Ciudadana, implicando esto sanciones mucho más elevadas y del mismo importe con independencia de la capacidad adquisitiva de la personas sancionada. Además, ahora la policía hace de juez, perdiendo la presunción de inocencia que prevalece en el orden penal. En la Ley de Seguridad Ciudadana “prevalece la presunción de veracidad de los atestados administrativos, de modo que el ciudadano ha perdido garantías a la hora de defenderse”. Ya antes de la aprobación de estas reformas, el Grupo de Estudios de Política Criminal, asociación integrada por cerca de 200 personas del ámbito académico y la judicatura, mostró su rechazo a la reforma del Código Penal, haciendo público el manifiesto “No hay derecho. Por un Código Penal para todos”. En él se señalaba que “la reforma penal, en sintonía con la reforma de la ley de seguridad ciudadana, criminaliza la protesta ciudadana con el fin de disuadir a los muchos colectivos ciudadanos indignados en expresar públicamente su rebeldía contra una política que destruye los cimientos del Estado del Bienestar”. Y también hacía referencia a la Ley 2/2015, resultante del Pacto antiterrorista PP-PSOE, manifestando que “además de innecesaria, se difumina el concepto de terrorismo, se criminaliza la libertad de pensamiento, se crean delitos de simple sospecha y se recurre a conductas indeterminadas inaceptables en un Estado de Derecho”. En realidad, entre los pioneros a la hora de hacer una crítica contundente de forma conjunta a las dos reformas del Código Penal y a la de la Ley de Seguridad Ciudadana, o simplificando, a las Leyes Mordaza, fueron nada menos que cuatro Relatores Especiales de la ONU. Se trató de un comunicado conjunto del 23 de febrero de 2015 de la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU, que destacaba que en la redacción de la reforma del Código Penal “tal como están definidos los delitos, podría criminalizar quienes convoquen a manifestaciones pacíficas”. Asimismo denunciaba que “la definición de los delitos de terrorismo y las disposiciones relativas a la criminalización de los actos de ‘incitación y enaltecimiento’ o ‘justificación’ del terrorismo’ son excesivamente amplias e imprecisas”. Tal como está redactado, la ley anti-terrorista podría criminalizar conductas que no constituirían terrorismo y podría resultar entre otros en restricciones desproporcionadas al ejercicio de la libertad de expresión”. Esto es lo que ha ocurrido, por ejemplo, con casos como el de los titiriteros. Contra colectivos en situación de exclusión social El segundo aspecto, también ignorado por este pacto, es que la Ley de Seguridad Ciudadana deteriora de forma grave otros muchos derechos, por ejemplo los de colectivos en situación de exclusión social. Ya los señaló la Plataforma del Tercer Sector que aglutina 29.000 entidades en todo el país y entre las que se encuentran Cruz Roja y Cáritas, quedenunciaron al PP de “criminalizar la pobreza” con la ley mordaza.  En su comunicado, mostraron su indignación por las “sanciones económicas, que pueden llegar a los 30.000 euros, especialmente a las personas por su situación de vulnerabilidad, como sucede con el ejercicio de la prostitución, el consumo de drogas en la calle y la situación de las personas sin hogar.” Preceptos como el que permite multar a personas sin hogar hasta con 600 euros por dormir en la calle al considerarlo como “deslucimiento” han quedado fuera de la modificación artículos que plantea el pacto entre el PSOE y Ciudadanos. No es sólo el contenido, sino la forma El tercer argumento que conduce a la necesidad de la derogación de las Leyes Mordaza en su conjunto alude, no solo a su terrible contenido para los derechos humanos, sino también a las formas autoritarias empleadas para su aprobación, ignorando a toda la oposición en el Congreso, a la sociedad civil -con más de un 80% de la población en contra-, a los expertos de la ONU, organizaciones de derechos humanos, asociaciones de abogacía, juristas y catedráticos de derecho penal. Es indudable que la tramitación de estas reformas han ido de la mano de una fortísima oposición de todo tipo de actores sociales y de instituciones, si bien no podríamos dejar de destacar el rol fundamental que ha tenido la Plataforma ciudadana No Somos Delito, que recientemente hizo pública una Carta abierta al Congreso de los Diputados. Esta plataforma viene promoviendo una enorme cantidad de actos, jornadas y movilizaciones contra estas reformas, contribuyendo de forma muy activa a que se hicieran eco medios de comunicación de todo el mundo. Ejemplo de ello fue el editorial del periódico The New York Times, que denunció que la conocida como Gag Law es más acorde a los tiempos de la dictadura. Estamos a tiempo de derogarlas El actual compromiso de retirar tan solo algunos artículos de la actual Ley de Seguridad Ciudadana, plasmado en el pacto entre el PSOE y Ciudadanos, aparte de contradecir el compromiso electoral de derogar esta reforma por parte de la primera de estas dos fuerzas políticas, ignora cómo atentan contra los derechos humanos las reformas del código penal. Si queremos retomar una senda más democrática en el Estado español es preciso dar un mensaje contundente derogando las Leyes Mordaza de forma inmediata. Las nuevas leyes deberán de impulsarse desde una participación activa y protagonista de la sociedad civil. Será desde el ejercicio de una democracia más directa desde donde la construcción de las nuevas leyes podrán ser más garantistas con los derechos y libertades. Porque esta cuestión es de enorme gravedad, interesa no marear más la perdiz. Deroguemos de una vez esta imposición de reformas antidemocráticas y pongámonos a trabajar entre todos y todas un nuevo marco normativo que nos permita avanzar en el ejercicio de nuestros derechos y libertades. Más sobre Leyes Mordaza en el post ¨Hable sin miedo¨]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>A día de hoy pocas personas ponen en cuestión que las Leyes Mordaza vienen a ser una compilación de restricciones al ejercicio de los derechos humanos, si bien hay cuestiones muy relevantes que están pasando desapercibidas y que no pueden dejarse de lado. Si pretendemos volver a una senda más respetuosa con el Estado social y democrático de derecho, el nuevo Gobierno debería derogarlas.</p>
<p>Para situarnos, cuando hablamos de Leyes Mordaza nos referimos a la aprobación conjunta del 30 de marzo de 2015 de la Ley Orgánica 1/2015, por la que se reformó el Código Penal, la Ley Orgánica 2/2015, por la que se modificó el Código Penal en materia de delitos de terrorismo, y la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana.</p>
<p><strong>Un conjunto de Leyes Mordaza</strong></p>
<p>Una de las claves por la que estas reformas han de analizarse de forma conjunta la dio el Consejo General de la Abogacía Española en su comunicado del día siguiente a la aprobación de estas reformas: “<a href="http://www.abogacia.es/2015/03/31/el-boe-publica-la-ley-de-seguridad-ciudadana-y-la-reforma-del-codigo-penal-con-el-rechazo-de-la-abogacia/">El BOE publica la Ley de Seguridad Ciudadana y la reforma del Código Penal con el rechazo de la Abogacía</a>”. En él hacía ver que con estas reformas muchos pequeños delitos han pasado a ser considerados infracciones administrativas en la Ley de Seguridad Ciudadana, implicando esto sanciones mucho más elevadas y del mismo importe con independencia de la capacidad adquisitiva de la personas sancionada. Además, ahora la policía hace de juez, perdiendo la presunción de inocencia que prevalece en el orden penal. En la Ley de Seguridad Ciudadana “prevalece la presunción de veracidad de los atestados administrativos, de modo que el ciudadano ha perdido garantías a la hora de defenderse”.</p>
<p>Ya antes de la aprobación de estas reformas, el Grupo de Estudios de Política Criminal, asociación integrada por cerca de 200 personas del ámbito académico y la judicatura, mostró su rechazo a la reforma del Código Penal, haciendo público el manifiesto “<a href="http://s01.s3c.es/imag/doc/2015-03-05/XX.Manifiesto_CodigoPenal.pdf">No hay derecho. Por un Código Penal para todos</a>”. En él se señalaba que “la reforma penal, en sintonía con la reforma de la ley de seguridad ciudadana, criminaliza la protesta ciudadana con el fin de disuadir a los muchos colectivos ciudadanos indignados en expresar públicamente su rebeldía contra una política que destruye los cimientos del Estado del Bienestar”. Y también hacía referencia a la Ley 2/2015, resultante del Pacto antiterrorista PP-PSOE, manifestando que “además de innecesaria, se difumina el concepto de terrorismo, se criminaliza la libertad de pensamiento, se crean delitos de simple sospecha y se recurre a conductas indeterminadas inaceptables en un Estado de Derecho”.</p>
<p>En realidad, entre los pioneros a la hora de hacer una crítica contundente de forma conjunta a las dos reformas del Código Penal y a la de la Ley de Seguridad Ciudadana, o simplificando, a las Leyes Mordaza, fueron nada menos que cuatro Relatores Especiales de la ONU. Se trató de un <a href="http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=15597&amp;LangID=S">comunicado conjunto del 23 de febrero de 2015 de la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU</a>, que destacaba que en la redacción de la reforma del Código Penal “tal como están definidos los delitos, podría criminalizar quienes convoquen a manifestaciones pacíficas”. Asimismo denunciaba que “la definición de los delitos de terrorismo y las disposiciones relativas a la criminalización de los actos de ‘incitación y enaltecimiento’ o ‘justificación’ del terrorismo’ son excesivamente amplias e imprecisas”. Tal como está redactado, la ley anti-terrorista podría criminalizar conductas que no constituirían terrorismo y podría resultar entre otros en restricciones desproporcionadas al ejercicio de la libertad de expresión”. Esto es lo que ha ocurrido, por ejemplo, con casos como el de los titiriteros.</p>
<p><strong>Contra colectivos en situación de exclusión social</strong></p>
<p>El segundo aspecto, también ignorado por este pacto, es que la Ley de Seguridad Ciudadana deteriora de forma grave otros muchos derechos, por ejemplo los de colectivos en situación de exclusión social. Ya los señaló la Plataforma del Tercer Sector que aglutina 29.000 entidades en todo el país y entre las que se encuentran Cruz Roja y Cáritas, que<a href="http://www.plataformatercersector.es/es/noticias/la-plataforma-del-tercer-sector-muestra-su-preocupaci%C3%B3n-y-rechazo-ante-la-aprobaci%C3%B3n-en-e-0">denunciaron al PP de “criminalizar la pobreza” con la ley mordaza</a>.  En su comunicado, mostraron su indignación por las “sanciones económicas, que pueden llegar a los 30.000 euros, especialmente a las personas por su situación de vulnerabilidad, como sucede con el ejercicio de la prostitución, el consumo de drogas en la calle y la situación de las personas sin hogar.” Preceptos como el que permite multar a personas sin hogar hasta con 600 euros por dormir en la calle al considerarlo como “deslucimiento” han quedado fuera de la modificación artículos que plantea el pacto entre el PSOE y Ciudadanos.</p>
<p><strong>No es sólo el contenido, sino la forma</strong></p>
<p>El tercer argumento que conduce a la necesidad de la derogación de las Leyes Mordaza en su conjunto alude, no solo a su terrible contenido para los derechos humanos, sino también a las formas autoritarias empleadas para su aprobación, ignorando a toda la oposición en el Congreso, a la sociedad civil -con <a href="http://politica.elpais.com/politica/2014/12/09/actualidad/1418160532_843669.html">más de un 80% de la población en contra</a>-, a los expertos de la ONU, organizaciones de derechos humanos, asociaciones de abogacía, juristas y catedráticos de derecho penal.</p>
<p>Es indudable que la tramitación de estas reformas han ido de la mano de una fortísima oposición de todo tipo de actores sociales y de instituciones, si bien no podríamos dejar de destacar el rol fundamental que ha tenido la Plataforma ciudadana No Somos Delito, que recientemente hizo pública una <a href="http://www.nosomosdelito.net/sites/default/files/public_files/documentos/no_puede_ser_progresista_un_gobierno_que_no_derogue_leyes_mordaza.pdf">Carta abierta al Congreso de los Diputados</a>. Esta plataforma viene promoviendo una enorme cantidad de actos, jornadas y movilizaciones contra estas reformas, contribuyendo de forma muy activa a que se hicieran eco medios de comunicación de todo el mundo. Ejemplo de ello fue el editorial del periódico <a href="http://www.nytimes.com/2015/04/23/opinion/spains-ominous-gag-law.html?_r=1">The New York Times</a>, que denunció que la conocida como <em>Gag Law</em> es más acorde a los tiempos de la dictadura.</p>
<p><strong>Estamos a tiempo de derogarlas</strong></p>
<p>El actual compromiso de retirar tan solo algunos artículos de la actual Ley de Seguridad Ciudadana, plasmado en el pacto entre el PSOE y Ciudadanos, aparte de contradecir el compromiso electoral de derogar esta reforma por parte de la primera de estas dos fuerzas políticas, ignora cómo atentan contra los derechos humanos las reformas del código penal.</p>
<p>Si queremos retomar una senda más democrática en el Estado español es preciso dar un mensaje contundente derogando las Leyes Mordaza de forma inmediata. Las nuevas leyes deberán de impulsarse desde una participación activa y protagonista de la sociedad civil. Será desde el ejercicio de una democracia más directa desde donde la construcción de las nuevas leyes podrán ser más garantistas con los derechos y libertades.</p>
<p>Porque esta cuestión es de enorme gravedad, interesa no marear más la perdiz. Deroguemos de una vez esta imposición de reformas antidemocráticas y pongámonos a trabajar entre todos y todas un nuevo marco normativo que nos permita avanzar en el ejercicio de nuestros derechos y libertades.</p>
<p><a href="http://www.otromundoestaenmarcha.org/hable-sin-miedo/2015/06/18/hable-sin-miedo/" target="_blank">Más sobre Leyes Mordaza en el post ¨Hable sin miedo¨</a></p>
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		<title>Premios Enfoque, una mirada (ciudadana) crítica sobre el periodismo</title>
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		<pubDate>Mon, 29 Feb 2016 10:41:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Autora invitada: Yolanda Polo]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Cambio Social]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos]]></category>

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		<description><![CDATA[Y si un día salimos a la calle de manera masiva y reivindicamos nuestro derecho a la información. ¿Se imaginan? Pancartas reclamando la responsabilidad periodística; exigiendo coberturas rigurosas sobre las realidades que nos afectan como humanidad; demandando análisis que contrarresten discursos dominantes que justifican lo injustificable. ¿Se imaginan? No es algo tan extraño, ya lo hizo #YoSoy132 en México contra la poderosísima Televisa. Si algo tenía claro este movimiento ciudadano es que sin salud informativa no hay democracia posible. La información es un derecho humano reconocido como tal en la Declaración de Derechos Humanos. A pesar de este reconocimiento, no existe una conciencia colectiva que nos lleve a exigir que sea plenamente garantizado -tal y como hacemos con otros derechos como la salud o la educación. De hecho, son escasas las iniciativas que fomentan y canalizan el deber ciudadano de vigilar el quehacer periodístico. Un reconocimiento ciudadano Hace tres años nacieron los Premios Enfoque, unos galardones que reconocen prácticas “enfocadas” o “desenfocadas” de medios de comunicación, programas o espacios, y periodistas. La particularidad de estos Premios es que no hay un jurado al uso, sino que es la ciudadanía la que decide quién los merece. En una primera etapa, profesionales de la comunicación y el periodismo sugieren nombres; quienes más votos reciben pasan a la segunda etapa en la que una votación ciudadana abierta arroja los resultados finales. En la tercera edición, recién celebrada, participaron 9.000 personas de todo el Estado español; una cifra nada desdeñable teniendo en cuenta la corta trayectoria de la iniciativa. Hay quienes cuestionan la necesidad de una categoría “desenfocada” por considerar que no es necesario ensañarse con ciertas prácticas. En realidad, no se trata tanto de un castigo como de recordarles que audiencia está alerta ante su trabajo, que deben mejorarlo para conseguir una labor periodística más enfocada y que tienen una responsabilidad social que deben asumir con rigor y profesionalidad. Otra de las características de estos Premios es que por cada una de las categorías hay tres ganadores o ganadoras. Esto es así para reconocer distintas prácticas y no caer en la competitividad entre unos y otros. No pretendemos hacer rankings sino generar debate y promover la fiscalización ciudadana sobre el ejercicio periodismo. Las graves consecuencias de la manipulación informativa Vivimos tiempos de gravísimos ataques a la libertad de expresión y al derecho a la información. Asistimos a flagrantes manipulaciones de informaciones que justifican violaciones de los derechos humanos. Esto es intolerable. El caso de la crisis de refugiados está arrojando titulares que deberían avergonzarnos profundamente como humanidad. Ciertas coberturas informativas sobre la violencia de género o sobre la persecución policial y judicial a la libertad de expresión deberían pasar a la historia de la infamia. Desde hace tiempo, profesionales de los medios públicos vienen denunciando la censura que sufren en el día a día por parte de las direcciones. Algunos editoriales de la llamada prensa seria deberían ser objeto de estudio en las facultades de periodismo como ejemplos de manipulación informativa y complicidad con los poderes económicos y políticos. Qué más tiene que pasar para que, como el movimiento #YoSoy132, salgamos a la calle y digamos ¡basta! Impertinencia periodística y ciudadana Decía Kapuscinski que el periodismo debe ser indeseable, inoportuno y certero en su impertinencia. Debe vigilar los poderes y hacerse las preguntas que no quieren que nos hagamos; debe facilitarnos respuestas a interrogantes que como humanidad debemos hacernos. Exige una alta dosis de empatía y humanidad, y exige permitir que las personas anónimas narren su propia historia. En la última gala de los Premios Enfoque (celebrada el 24 de febrero), varias personas dedicaron sus premios a “los y las nadie” que sufren a diario las consecuencias de los recortes sociales, la violencia de género, el cierre de fronteras o las políticas internacionales criminales que esquilman recursos y condenan a la miseria a millones de personas en el mundo. Personas que construyen alternativas y que van haciendo historia. Esas, y no otras, deben ser las protagonistas de las noticias. El periodismo debe ser impertinente; como también debe serlo la ciudadanía con respecto a los medios de comunicación. “Que exista un grupo social vigilando nuestro trabajo es bueno para el periodismo”, afirmó Iñaki Gabilondo, reconocido en la Categoría de Periodista Enfocado en la III Edición de los Premios. El día en el que, como sociedad, seamos conscientes de nuestro deber en la defensa del derecho a la información, ese día, conseguiremos enormes cambios. Confiamos en que, con estos Premios hayamos contribuido, así sea un poco, a fomentar esa conciencia global. Confiamos también en que nuestro trabajo pueda ir más allá de una gala. ¿Se imaginan un observatorio que fomente la educación en medios y la fiscalización constante sobre la labor periodísticas? ¿Se imaginan que aumentan las demandas ciudadanas sobre los medios de comunicación, que se llevan a los tribunales las legislaciones que atentan contra el derecho a la información? ¿Se imaginan que un día salimos a la calle y…? Premios Enfoque, una mirada crítica sobre el periodismo. Esta iniciativa sale adelante gracias al trabajo voluntario de profesionales, profesores y estudiantes de la comunicación y el periodismo. Cuenta con el apoyo de la Coordinadora de ONG para el Desarrollo-España, la Universidad Jaume I de Castellón y la Universidad Complutense.]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Y si un día salimos a la calle de manera masiva y reivindicamos nuestro derecho a la información. ¿Se imaginan? Pancartas reclamando la responsabilidad periodística; exigiendo coberturas rigurosas sobre las realidades que nos afectan como humanidad; demandando análisis que contrarresten discursos dominantes que justifican lo injustificable. ¿Se imaginan?</p>
<p>No es algo tan extraño, ya lo hizo <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Movimiento_YoSoy132">#YoSoy132</a> en México contra la poderosísima Televisa. Si algo tenía claro este movimiento ciudadano es que sin salud informativa no hay democracia posible.</p>
<p>La información es un derecho humano reconocido como tal en la Declaración de Derechos Humanos. A pesar de este reconocimiento, no existe una conciencia colectiva que nos lleve a exigir que sea plenamente garantizado -tal y como hacemos con otros derechos como la salud o la educación. De hecho, son escasas las iniciativas que fomentan y canalizan el deber ciudadano de vigilar el quehacer periodístico.</p>
<p><strong>Un reconocimiento ciudadano</strong></p>
<p>Hace tres años nacieron los <a href="premiosenfoque.com">Premios Enfoque</a>, unos galardones que reconocen prácticas “enfocadas” o “desenfocadas” de medios de comunicación, programas o espacios, y periodistas. La particularidad de estos Premios es que no hay un jurado al uso, sino que es la ciudadanía la que decide quién los merece. En una primera etapa, profesionales de la comunicación y el periodismo sugieren nombres; quienes más votos reciben pasan a la segunda etapa en la que una votación ciudadana abierta arroja los resultados finales. En la tercera edición, recién celebrada, participaron 9.000 personas de todo el Estado español; una cifra nada desdeñable teniendo en cuenta la corta trayectoria de la iniciativa.</p>
<p>Hay quienes cuestionan la necesidad de una categoría “desenfocada” por considerar que no es necesario ensañarse con ciertas prácticas. En realidad, no se trata tanto de un castigo como de recordarles que audiencia está alerta ante su trabajo, que deben mejorarlo para conseguir una labor periodística más enfocada y que tienen una responsabilidad social que deben asumir con rigor y profesionalidad.</p>
<p>Otra de las características de estos Premios es que por cada una de las categorías hay tres ganadores o ganadoras. Esto es así para reconocer distintas prácticas y no caer en la competitividad entre unos y otros. No pretendemos hacer rankings sino generar debate y promover la fiscalización ciudadana sobre el ejercicio periodismo.</p>
<p><strong>Las graves consecuencias de la manipulación informativa</strong></p>
<p>Vivimos tiempos de gravísimos ataques a la libertad de expresión y al derecho a la información. Asistimos a flagrantes manipulaciones de informaciones que justifican violaciones de los derechos humanos. Esto es intolerable. El caso de la crisis de refugiados está arrojando titulares que deberían avergonzarnos profundamente como humanidad. Ciertas coberturas informativas sobre la violencia de género o sobre la persecución policial y judicial a la libertad de expresión deberían pasar a la historia de la infamia. Desde hace tiempo, profesionales de los medios públicos vienen denunciando la censura que sufren en el día a día por parte de las direcciones. Algunos editoriales de la llamada prensa seria deberían ser objeto de estudio en las facultades de periodismo como ejemplos de manipulación informativa y complicidad con los poderes económicos y políticos. Qué más tiene que pasar para que, como el movimiento #YoSoy132, salgamos a la calle y digamos ¡basta!</p>
<p><strong>Impertinencia periodística y ciudadana</strong></p>
<p>Decía Kapuscinski que el periodismo debe ser indeseable, inoportuno y certero en su impertinencia. Debe vigilar los poderes y hacerse las preguntas que no quieren que nos hagamos; debe facilitarnos respuestas a interrogantes que como humanidad debemos hacernos. Exige una alta dosis de empatía y humanidad, y exige permitir que las personas anónimas narren su propia historia.</p>
<p>En la última gala de los Premios Enfoque (celebrada el 24 de febrero), varias personas dedicaron sus premios a “los y las nadie” que sufren a diario las consecuencias de los recortes sociales, la violencia de género, el cierre de fronteras o las políticas internacionales criminales que esquilman recursos y condenan a la miseria a millones de personas en el mundo. Personas que construyen alternativas y que van haciendo historia. Esas, y no otras, deben ser las protagonistas de las noticias.</p>
<p>El periodismo debe ser impertinente; como también debe serlo la ciudadanía con respecto a los medios de comunicación. “Que exista un grupo social vigilando nuestro trabajo es bueno para el periodismo”, afirmó Iñaki Gabilondo, reconocido en la Categoría de Periodista Enfocado en la III Edición de los Premios. El día en el que, como sociedad, seamos conscientes de nuestro deber en la defensa del derecho a la información, ese día, conseguiremos enormes cambios. Confiamos en que, con estos Premios hayamos contribuido, así sea un poco, a fomentar esa conciencia global.</p>
<p>Confiamos también en que nuestro trabajo pueda ir más allá de una gala. ¿Se imaginan un observatorio que fomente la educación en medios y la fiscalización constante sobre la labor periodísticas? ¿Se imaginan que aumentan las demandas ciudadanas sobre los medios de comunicación, que se llevan a los tribunales las legislaciones que atentan contra el derecho a la información? ¿Se imaginan que un día salimos a la calle y…?</p>
<p><a href="premiosenfoque.com">Premios Enfoque, una mirada crítica sobre el periodismo</a>. Esta iniciativa sale adelante gracias al trabajo voluntario de profesionales, profesores y estudiantes de la comunicación y el periodismo. Cuenta con el apoyo de la Coordinadora de ONG para el Desarrollo-España, la Universidad Jaume I de Castellón y la Universidad Complutense.</p>
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		<title>Valeria y su derecho a volar</title>
		<link>http://www.otromundoestaenmarcha.org/ceniza-de-ombu/2015/11/24/valeria-y-su-derecho-a-volar/</link>
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		<pubDate>Tue, 24 Nov 2015 21:52:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Raquel Martínez-Gómez]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Feminismos]]></category>
		<category><![CDATA[Igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[Literaturas]]></category>

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		<description><![CDATA[Se trata de despertar a la serpiente dormida y enroscada tres veces y media en el chakra inferior y dirigirla hasta el chakra superior. Sólo así podrá unirse el cuerpo y el espíritu.   Fui payasa en Nueva York durante quince años después de dejar Buenos Aires siguiendo a Bruno. Actué tan bien durante todo ese tiempo que llegué a creerme que no me gustaba el trapecio. Me equivoqué sobre muchas cosas: que los proyectos de él eran los míos y que cualquier decisión que tomara en mi vida debía de contar con su beneplácito. Pude ser trapecista, pero elegí ser payasa para no hacerle sombra, para no competir con él. Pensé que bastaba tenerlo a mi lado para ser feliz. Sin duda, me equivoqué. Él volaba desafiando las leyes de la gravedad y yo, convertida en payasa, hacía descansar los enormes zapatones en el suelo mientras una gran sonrisa de maquillaje desfiguraba mi rostro, tanto como se deformaba mi cuerpo dentro del traje de colores. Aproveché algunas de sus ausencias para hacer piruetas en el aire, para despegar mis alas, ajadas de falta de uso. El leve aleteo que produjeron albergó una duda. Después, oculté las telas con las que me colgaba en los árboles del parque. Nunca me preguntó sobre mi decisión de dejar el trapecio. Pensé que gracias a ello se acabarían los celos y las presiones, los gritos y los menosprecios, pero la violencia siguió aferrada a otras excusas. Cuando le propuse ser madre, Bruno se negó a compartirme, quería que lo cuidara y, sobre todo, que le ayudara a crecer sobre un trapecio mientras mis suelas desgastada de payasa se hundían más y más en el barro de Central Park. Conocí a Javier después, en un lugar tranquilo al este de Uruguay, al que huí intentando olvidar los gritos, los ninguneos, los insultos y las violaciones que padecí y que, solo tras mucho esfuerzo y ayuda, pude identificar como violencia. En aquella época ya saltaba por las telas como un chimpancé y solo me bajaba de ellas para sumergirme en el océano Atlántico y sentirme pez. Me resistía a tocar al suelo y la tierra con los pies. Javier me reconoció y fue despacio, incluso intentó subir a las telas y permanecer a mi lado, pero era muy difícil para él sostenerse en las alturas y, todavía más, seguirme. Las ansias de libertad me habían transformado en un pájaro imbatible que, sin embargo, se asustaba con la crueldad que podía emanar del paraíso, con la fragilidad de la felicidad malentendida, con el fuego egoísta que confundí con el amor. Sólo me dejaba sentir un cuerpo que ya nunca más se arrastraría. Un día, desde la torre más alta de la laguna Rocha, vi a Javier recogiendo la basura que habían dejado los visitantes del fin de semana en el mismo punto donde el agua dulce se junta con el mar. Me gustó su generosidad con la naturaleza y bajé a ayudarle. La arena, a esa hora de la tarde, todavía estaba cálida. Mis pies se sintieron reconfortados y dejaron que el agua también los acariciara. Javier me explicó que no lo hacía por generosidad, sino por la vergüenza que en ocasiones le causaba su propia especie humana. Yo, que había sido payasa, pero que ahora era pez y pájaro, comprendí muy bien lo que aquella frase significaba. A partir de ese día, compartimos la mirada desde el cielo, desde el agua, desde la arena y pedimos a las personas que vienen a pasar el día en el lago que disfruten del entorno y sus seres sin dañarlos porque, todas y todos, formamos parte de él. * Este relato lo he escrito con motivo de la campaña “Mujeres libres, Mujeres en paz. ACTÚA, las violencias de género no distinguen fronteras”, organizada por la Agencia Española de Cooperación (AECID) y la Coordinadora de ONGD-España. Nos sumamos a los “16 días de Activismo contra la Violencia de Género” impulsada por Naciones Unidas, con el objetivo de sensibilizar a toda la sociedad sobre las causas y consecuencias de las violencias que sufren las mujeres y las niñas en el mundo.]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: right">Se trata de despertar a la serpiente dormida</p>
<p style="text-align: right">y enroscada tres veces y media en el chakra inferior</p>
<p style="text-align: right">y dirigirla hasta el chakra superior.</p>
<p style="text-align: right">Sólo así podrá unirse el cuerpo y el espíritu.</p>
<p><em> </em></p>
<p>Fui payasa en Nueva York durante quince años después de dejar Buenos Aires siguiendo a Bruno. Actué tan bien durante todo ese tiempo que llegué a creerme que no me gustaba el trapecio. Me equivoqué sobre muchas cosas: que los proyectos de él eran los míos y que cualquier decisión que tomara en mi vida debía de contar con su beneplácito. <strong>Pude ser trapecista, pero elegí ser payasa para no hacerle sombra, para no competir con él.</strong> Pensé que bastaba tenerlo a mi lado para ser feliz. Sin duda, me equivoqué.</p>
<p>Él volaba desafiando las leyes de la gravedad y yo, convertida en payasa, hacía descansar los enormes zapatones en el suelo mientras una gran sonrisa de maquillaje desfiguraba mi rostro, tanto como se deformaba mi cuerpo dentro del traje de colores. <strong>Aproveché algunas de sus ausencias para hacer piruetas en el aire, para despegar mis alas, ajadas de falta de uso.</strong> El leve aleteo que produjeron albergó una duda. Después, oculté las telas con las que me colgaba en los árboles del parque.</p>
<p>Nunca me preguntó sobre mi decisión de dejar el trapecio. <strong>Pensé que gracias a ello se acabarían los celos y las presiones, los gritos y los menosprecios, pero la violencia siguió aferrada a otras excusas.</strong> Cuando le propuse ser madre, Bruno se negó a compartirme, quería que lo cuidara y, sobre todo, que le ayudara a crecer sobre un trapecio mientras mis suelas desgastada de payasa se hundían más y más en el barro de Central Park.</p>
<p>Conocí a Javier después, en un lugar tranquilo al este de Uruguay, al que huí intentando olvidar los gritos, los ninguneos, los insultos y las violaciones que padecí y que, solo tras mucho esfuerzo y ayuda, pude identificar como violencia. <strong>En aquella época ya saltaba por las telas como un chimpancé y solo me bajaba de ellas para sumergirme en el océano Atlántico y sentirme pez.</strong> Me resistía a tocar al suelo y la tierra con los pies.</p>
<p>Javier me reconoció y fue despacio, incluso intentó subir a las telas y permanecer a mi lado, pero era muy difícil para él sostenerse en las alturas y, todavía más, seguirme. <strong>Las ansias de libertad me habían transformado en un pájaro imbatible</strong> que, sin embargo, se asustaba con la crueldad que podía emanar del paraíso, con la fragilidad de la felicidad malentendida, con el fuego egoísta que confundí con el amor. Sólo me dejaba sentir un cuerpo que ya nunca más se arrastraría.</p>
<p>Un día, desde la torre más alta de la laguna Rocha, vi a Javier recogiendo la basura que habían dejado los visitantes del fin de semana en el mismo punto donde el agua dulce se junta con el mar. Me gustó su generosidad con la naturaleza y bajé a ayudarle. La arena, a esa hora de la tarde, todavía estaba cálida. Mis pies se sintieron reconfortados y dejaron que el agua también los acariciara. <strong>Javier me explicó que no lo hacía por generosidad, sino por la vergüenza que en ocasiones le causaba su propia especie humana.</strong> Yo, que había sido payasa, pero que ahora era pez y pájaro, comprendí muy bien lo que aquella frase significaba.</p>
<p>A partir de ese día, compartimos la mirada desde el cielo, desde el agua, desde la arena y pedimos a las personas que vienen a pasar el día en el lago que <strong>disfruten del entorno y sus seres sin dañarlos porque, todas y todos, formamos parte de él.</strong></p>
<p>* Este relato lo he escrito con motivo de la <a href="http://mujereslibresyenpaz.com/quienes-somos-2/">campaña “Mujeres libres, Mujeres en paz. ACTÚA, las violencias de género no distinguen fronteras”,</a> organizada por la <a href="http://www.aecid.es/ES">Agencia Española de Cooperación (AECID)</a> y la <a href="http://www.congde.org/">Coordinadora de ONGD-España</a>. Nos sumamos a los “16 días de Activismo contra la Violencia de Género” impulsada por Naciones Unidas, con el objetivo de sensibilizar a toda la sociedad sobre las causas y consecuencias de las violencias que sufren las mujeres y las niñas en el mundo.</p>
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		<title>Poniendo el acento en la B de LGTB</title>
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		<pubDate>Fri, 20 Nov 2015 09:44:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Sergio Aguado Dívar]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Cambio Social]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Feminismos]]></category>
		<category><![CDATA[Igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[Movimientos Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Bisexualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos LGTBI]]></category>
		<category><![CDATA[Diversidad]]></category>
		<category><![CDATA[Feminismo]]></category>

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		<description><![CDATA[El pasado 23 de septiembre tuvo lugar la celebración del Día de la Visibilidad Bisexual, una fecha en la que celebramos los derechos de aquellas personas que simplemente, son capaces de enamorarse o sentirse atraid@s por una persona sin que su sexo sea un factor determinante. Leo la definición que acabo de teclear (una persona que puede sentirse atraída por otra persona sin importar su sexo), y no me parece estar escribiendo nada extraño, incomprensible o alejado del entendimiento humano. Sin embargo, la realidad nos lleva a constatar que las personas bisexuales son objeto de una gran incompresión, y de un tipo de discriminación muy específica, proveniente tanto de la comunidad LGTB como de la sociedad en general. “Es sólo una fase”, “está confundida”, “está indeciso”, son expresiones muy habituales con las que se suele “absolver” a las personas bisexuales cuando nuestra visión monolítica o binaria del sexo no nos permite encajar unas preferencias sexuales que no encajan en las (pocas) casillas mentales con las que contamos a la hora de clasificar algo tan vasto e “inetiquetable” como es la afectividad y la sexualidad. En este caso, al menos la incomprensión no incluye una intencionalidad perversa por parte de la persona bisexual, una característica que sí caracteriza otros tipos de discriminación: lo ejemplifican perfectamente frase del tipo “lo que pasa es que son más viciosos”, “son personas más crueles”, o mi favorita de todos los tiempos, “en algún momento te será infiel porque siempre va a haber algo que no le vas a poder dar”. Ésta última es maravillosa, porque como es de tod@s sabido, en las relaciones hetero y homosexuales nunca se producen infidelidades ni se acaba el amor, y absolutamente todo lo que te gusta, atrae y necesitas lo puedes encontrar en la otra persona. A pesar de los avances que se han producido en el avance de derechos de la comunidad LGTB, sigue existiendo esta incomprensión, fruto en gran parte de la invisibilidad: a pesar de que según ciertas estadísticas, al menos la mitad de la población gay y lesbiana de los Estados Unidos se autodefine como bisexual, lo cierto es que su visibilidad queda muchas veces oculta por la incomprensión, o simplemente, la visión reduccionista sobre la sexualidad en la que la mayoría de nosotr@s hemos sido educad@s. La prueba es que si vemos una pareja por la calle de dos chicas o dos chicos, o chicos o chicas, pensaremos que son “una pareja homosexual” en los dos primeros casos, o “una pareja heterosexual” en el segundo, satisfaciendo cerebralmente la necesidad de “clasificar” la realidad que nos rodea. Este ejemplo, si bien muy simple seguramente, sirve para ilustrar por qué la bisexualidad no se nos presenta como una posibilidad para percibir a una determinada persona en primer lugar. La falta de visibilidad de las personas bisexuales, a diferencia de lo que sucede con gays, lesbianas y transexuales, es el principal motivo para que aún no se hayan roto los estereotipos que les estigmatizan. Esta situación, lógicamente implica que muchas personas bisexuales se sientan incomprendidas y aisladas tanto de su entorno heterosexual como en su interacción con gays y lesbianas. Y es que para much@s la bisexualidad no está considerada por muchas personas como una orientación “legítima” o “real”. Este hecho conlleva un aislamiento que deriva, muchas veces, en vectores de discriminación y exclusión que les afectan específicamente, o bien aumentan cuando se combinan con otros factores, como el sexo, la edad o la etnia. La relación entre bisexualidad y exclusión, en datos Para poder ejemplificar algunas de estas vertientes de exclusión, y también para aportar mi granito de arena en la visibilidad bi, he recurrido a algunos estudios y encuestas. Reflejo aquí algunos datos que me han parecido interesantes: Las mueres bisexuales están más expuestas a la violencia sexual debido a los estereotipos asignados a su identidad sexual: en Estados Unidos, el 46% de las mujeres bisexuales participantes en un estudio sobre sexualidad y agresiones sexuales revelaron haber sufrido violencia, acoso o violación por parte de su pareja, frente al 17% de las mujeres heterosexuales y el 13% de las lesbianas. Un estudio realizado en Reino Unido reveló que tan sólo el 33% de las personas bisexuales que en él participaron se sentían cómodas dando a conocer a su médico su orientación sexual, y casi la mitad de ellas habían sufrido bifobia en servicios públicos. Esto hace que el porcentaje de mujeres y hombres bisexuales que ocultan su orientación sexual a su médico sea superior a la de mujeres y hombres homosexuales. Esta podría ser la principal razón por la que la población bisexual presenta peores estándares de salud que la población heterosexual, y en algunos casos, que la población homosexual. Según otro estudio realizado por Human Rights Campaign, los y las bisexuales más jóvenes afirmaban en menor medida que lesbianas y gays de su misma edad contar con un referente adulto de apoyo a la que dirigirse cuando se sienten tristes. Sólo el 5% de la juventud bisexual afirmaba sentirse “muy feliz”, en comparación con el 8% de jóvenes gays y lesbianas y el 21% de jóvenes heterosexuales. Las mujeres bisexuales afrontan un menor apoyo social y una peor calidad de vida que las mujeres heterosexuales y lesbianas, así como menores niveles de bienestar emocional, lo que puede tener consecuencias trágicas: los adultos bisexuales refieren haber tenido pensamientos suicidas en una proporción tres veces superior a los adultos heterosexuales. Estos datos son sólo algunos ejemplos de los recogidos en los estudios mencionados, que invito a consultar. Pero son ilustrativos a la hora de mostrar cómo diferentes factores de exclusión pueden confluir, y que la invisibilización e incomprensión de esta realidad puede tener consecuencias dramáticas. La comunidad LGTB no debería dar por sentado que es diversa en sí misma, y el cuestionamiento de la diversidad hacia el exterior debería realizarse también hacia el interior. No podemos permitirnos escribir algunas siglas en minúscula y otras en mayúscula al escribir LGTB.]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El pasado <strong>23 de septiembre</strong> tuvo lugar la celebración del <strong>Día de la Visibilidad Bisexual</strong>, una fecha en la que celebramos los derechos de aquellas personas que simplemente, son capaces de enamorarse o sentirse atraid@s por una persona sin que su sexo sea un factor determinante.</p>
<p>Leo la definición que acabo de teclear (una persona que puede sentirse atraída por otra persona sin importar su sexo), y no me parece estar escribiendo nada extraño, incomprensible o alejado del entendimiento humano. Sin embargo, la realidad nos lleva a constatar que <strong>las personas bisexuales son objeto de una gran incompresión, y de un tipo de discriminación muy específica, proveniente tanto de la comunidad LGTB como de la sociedad en general</strong>. “Es sólo una fase”, “está confundida”, “está indeciso”, son expresiones muy habituales con las que se suele “absolver” a las personas bisexuales cuando nuestra visión monolítica o binaria del sexo no nos permite encajar unas preferencias sexuales que no encajan en las (pocas) casillas mentales con las que contamos a la hora de clasificar algo tan vasto e “inetiquetable” como es la afectividad y la sexualidad. En este caso, al menos la incomprensión no incluye una intencionalidad perversa por parte de la persona bisexual, una característica que sí caracteriza otros tipos de discriminación: lo ejemplifican perfectamente frase del tipo “lo que pasa es que son más viciosos”, “son personas más crueles”, o mi favorita de todos los tiempos, “en algún momento te será infiel porque siempre va a haber algo que no le vas a poder dar”. Ésta última es maravillosa, porque como es de tod@s sabido, en las relaciones hetero y homosexuales nunca se producen infidelidades ni se acaba el amor, y absolutamente todo lo que te gusta, atrae y necesitas lo puedes encontrar en la otra persona.</p>
<p>A pesar de los avances que se han producido en el avance de derechos de la comunidad LGTB, sigue existiendo esta incomprensión, fruto en gran parte de la invisibilidad: a pesar de que según ciertas estadísticas, <strong>al menos la mitad de la población gay y lesbiana de los Estados Unidos se autodefine como bisexual</strong>, lo cierto es que su visibilidad queda muchas veces oculta por la incomprensión, o simplemente, la visión reduccionista sobre la sexualidad en la que la mayoría de nosotr@s hemos sido educad@s. La prueba es que si vemos una pareja por la calle de dos chicas o dos chicos, o chicos o chicas, pensaremos que son “una pareja homosexual” en los dos primeros casos, o “una pareja heterosexual” en el segundo, satisfaciendo cerebralmente la necesidad de “clasificar” la realidad que nos rodea. Este ejemplo, si bien muy simple seguramente, sirve para ilustrar por qué la bisexualidad no se nos presenta como una posibilidad para percibir a una determinada persona en primer lugar. La falta de visibilidad de las personas bisexuales, a diferencia de lo que sucede con gays, lesbianas y transexuales, es el principal motivo para que aún no se hayan roto los estereotipos que les estigmatizan.</p>
<p>Esta situación, lógicamente implica que muchas personas bisexuales se sientan incomprendidas y aisladas tanto de su entorno heterosexual como en su interacción con gays y lesbianas. Y es que <strong>para much@s la bisexualidad no está considerada por muchas personas como una orientación “legítima” o “real</strong>”. Este hecho conlleva un aislamiento que deriva, muchas veces, en vectores de discriminación y exclusión que les afectan específicamente, o bien aumentan cuando se combinan con otros factores, como el sexo, la edad o la etnia.</p>
<p><strong>La relación entre bisexualidad y exclusión, en datos</strong></p>
<p>Para poder ejemplificar algunas de estas vertientes de exclusión, y también para aportar mi granito de arena en la visibilidad bi, he recurrido a algunos estudios y encuestas. Reflejo aquí algunos datos que me han parecido interesantes:</p>
<ul>
<li>Las mueres bisexuales están más expuestas a la violencia sexual debido a los estereotipos asignados a su identidad sexual: en Estados Unidos, <strong>el 46% de las mujeres bisexuales</strong> participantes en un <a href="/www.hrc.org/resources/entry/sexual-assault-and-the-lgbt-community">estudio sobre sexualidad y agresiones sexuales</a> <strong>revelaron haber sufrido violencia, acoso o violación por parte de su pareja, frente al 17% de las mujeres heterosexuales y el 13% de las lesbianas. </strong></li>
<li>Un <a href="http://www.equality-network.org/wp-content/uploads/2015/04/Complicated-Bisexual-Report.pdf">estudio realizado en Reino Unido</a> reveló que <strong>tan sólo el 33% de las personas bisexuales que en él participaron se sentían cómodas dando a conocer a su médico su orientación sexual, y casi la mitad de ellas habían sufrido bifobia en servicios públicos</strong>. Esto hace que el porcentaje de mujeres y hombres bisexuales que ocultan su orientación sexual a su médico sea superior a la de mujeres y hombres homosexuales. Esta podría ser la principal razón por la que la población bisexual presenta <a href="http://hrc-assets.s3-website-us-east-1.amazonaws.com/files/assets/resources/HRC-BiHealthBrief.pdf">peores estándares de salud que la población heterosexual</a>, y en algunos casos, que la población homosexual.</li>
<li>Según <a href="http://www.hrc.org/youth-report/supporting-and-caring-for-our-bisexual-youth#.Vk7MZL9Zv3s">otro estudio realizado por Human Rights Campaign</a>, los y las bisexuales más jóvenes afirmaban en menor medida que lesbianas y gays de su misma edad contar con un referente adulto de apoyo a la que dirigirse cuando se sienten tristes<strong>. Sólo el 5% de la juventud bisexual afirmaba sentirse “muy feliz”, en comparación con el 8% de jóvenes gays y lesbianas y el 21% de jóvenes heterosexuales</strong>.</li>
<li>Las mujeres bisexuales afrontan un menor apoyo social y una peor calidad de vida que las mujeres heterosexuales y lesbianas, así como menores niveles de bienestar emocional, lo que puede tener consecuencias trágicas: <strong>los adultos bisexuales refieren haber tenido pensamientos suicidas en una proporción tres veces superior a los adultos heterosexuales</strong>.</li>
</ul>
<p>Estos datos son sólo algunos ejemplos de los recogidos en los estudios mencionados, que invito a consultar. Pero son ilustrativos a la hora de mostrar cómo diferentes factores de exclusión pueden confluir, y que la invisibilización e incomprensión de esta realidad puede tener consecuencias dramáticas.</p>
<p>La comunidad LGTB no debería dar por sentado que es diversa en sí misma, y el cuestionamiento de la diversidad hacia el exterior debería realizarse también hacia el interior. <strong>No podemos permitirnos escribir algunas siglas en minúscula y otras en mayúscula al escribir LGTB</strong>.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>¿Un Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas?</title>
		<link>http://www.otromundoestaenmarcha.org/hable-sin-miedo/2015/11/01/dia-internacional-para-acabar-con-la-impunidad-de-los-crimenes-contra-periodistas/</link>
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		<pubDate>Sun, 01 Nov 2015 18:45:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Silvia Chocarro Marcesse]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Políticas Públicas]]></category>

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		<description><![CDATA[Como cada mañana, Flor se preparó para ir a su trabajo en la emisora La preferida estéreo en Pitalito, una ciudad al suroeste de Colombia; pero ese día, cuando llegó a los estudios de la radio, un hombre se acercó a ella, sacó un revólver y le disparó un tiro en la cabeza. Flor Alba Núñez Vargas es la última víctima de una lista de 67 periodistas asesinados en el año 2015. Con ella, suman más de setecientos en los últimos diez años, según datos de la UNESCO. Como en la mayoría de los casos, Flor era una periodista local cubriendo noticias de su ciudad y no una corresponsal de guerra. Y es que la gran mayoría de estos crímenes se producen en contextos donde informar sobre corrupción, crimen organizado, derechos humanos o medio ambiente, entre otros temas, te puede costar la vida. En el asesinato de Flor Alba Núñez Vargas ya está detenido el presunto autor, así que con un poco de suerte su asesinato formará parte de la escueta lista de casos que sí se resuelven, a pesar de que Colombia está entre los diez países que aparecen cada año en el Índice de impunidad que elabora el Comité para la protección de periodistas. Lo acompañan Afganistán, Filipinas, India, Irak, México, Pakistán, Rusia, Somalia y Sri Lanka. Lo cierto es que más del 90 por ciento de los asesinatos quedan impunes, una cifra que aumenta si se considera que no siempre se da con el autor intelectual, sólo con el material. La impunidad se convierte así en uno de los mayores retos para acabar con la violencia hacia quienes ejercen el periodismo. Pero no es el único. También lo es la falta de voluntad política (a veces, la falta de recursos y capacidades), que ha quedado reflejada en los informes bienales sobre La seguridad de los periodistas y el riesgo de la impunidad que realiza la UNESCO desde el año 2006. Para su elaboración, solicita a los gobiernos información sobre el estado de las investigaciones judiciales de crímenes contra periodistas. Los resultados son desoladores. Hasta la fecha, de los 593 casos sobre los que ha pedido información, sólo ha recibido datos de 211 y de ellos, sólo 39 se han resuelto. Ante esta realidad y tras años de campaña por parte de organizaciones de la sociedad civil, como por ejemplo las que integran la red IFEX, la Asamblea General de Naciones Unidas (NU) aprobó en diciembre de 2013 la Resolución 68/163, la primera de su historia sobre este tema. En ella declaró el 2 de noviembre como el Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas. Pero esta resolución dice mucho más. Pide a los Estados que promuevan un entorno seguro para ejercer un periodismo independiente y que prevengan la violencia contra quienes ejercen el periodismo. Y lo que es importante, pide al Secretario General que informe sobre su aplicación. Pero aquí no acaba todo. En el año 2014, la Asamblea General volvió a aprobar otra resolución similar (A/RES/69/185), en la que también pide a Ban Ki-moon que informe sobre su implementación. De nuevo, los resultados son desoladores. Cuando se pidió a los Gobiernos que enviaran información para elaborar los informes del Secretario General, en ambos casos no respondieron ni 25 de los 193 Estados que conforman NU. La cosa no queda aquí. También el Consejo de Derechos Humanos aprobó una resolución sobre el tema en 2012 y lo volvió a hacer en 2014 (A/HRC/27/5), detallando una propuesta de medidas que los gobiernos pueden poner en marcha para acabar con la violencia contra periodistas y comunicadores. Incluso publicó un informe de buenas prácticas, pero de nuevo no contribuyeron más de 25 países. Aún hay más. El Consejo de Seguridad acaba de aprobar la Resolución 2222 que pide a los Estados que investiguen los casos en los que los periodistas han sido blanco deliberado de ataque, incumpliendo lo que establece la ley internacional humanitaria. También, una vez más, se le pide al Secretario General que informe regularmente sobre ello. Y para terminar. Desde el año 2012 la UNESCO coordina la implementación de la primera y única estrategia de NU para la seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad, a cuya ejecución, por cierto, se pueden unir medios de comunicación, organizaciones profesionales, ONGs, etc. Así que volviendo al principio: ¿Por qué nos debe importar el Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas? Porque es un buen día para para empezar a supervisar lo que hacen (o no hacen) los gobiernos con estas resoluciones y si cumplen (o no) con sus compromisos. Si no informamos, si nos puede el escepticismo, un día será demasiado tarde. No estaremos aquí para contarlo. &#160;]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Como cada mañana, Flor se preparó para ir a su trabajo en la emisora <em>La preferida estéreo</em> en Pitalito, una ciudad al suroeste de Colombia; pero ese día, cuando llegó a los estudios de la radio, un hombre se acercó a ella, sacó un revólver y le disparó un tiro en la cabeza. Flor Alba Núñez Vargas es la última víctima de una lista de 67 periodistas asesinados en el año 2015. Con ella, suman más de setecientos en los últimos diez años, según datos de la UNESCO.</p>
<p>Como en la mayoría de los casos, Flor era una periodista local cubriendo noticias de su ciudad y no una corresponsal de guerra. Y es que la gran mayoría de estos crímenes se producen en contextos donde informar sobre corrupción, crimen organizado, derechos humanos o medio ambiente, entre otros temas, te puede costar la vida.</p>
<p>En el asesinato de Flor Alba Núñez Vargas ya está detenido el presunto autor, así que con un poco de suerte su asesinato formará parte de la escueta lista de casos que sí se resuelven, a pesar de que Colombia está entre los diez países que aparecen cada año en el <a href="https://cpj.org/reports/2014/10/the-road-to-justice-killing-journalists-impunity.php" target="_blank">Índice de impunidad</a> que elabora el <a href="https://cpj.org" target="_blank">Comité para la protección de periodistas</a>. Lo acompañan Afganistán, Filipinas, India, Irak, México, Pakistán, Rusia, Somalia y Sri Lanka.</p>
<p>Lo cierto es que más del 90 por ciento de los asesinatos quedan impunes, una cifra que aumenta si se considera que no siempre se da con el autor intelectual, sólo con el material. La impunidad se convierte así en uno de los mayores retos para acabar con la violencia hacia quienes ejercen el periodismo. Pero no es el único. También lo es la falta de voluntad política (a veces, la falta de recursos y capacidades), que ha quedado reflejada en los informes bienales sobre <a href="http://www.unesco.org/new/en/communication-and-information/freedom-of-expression/safety-of-journalists/unescos-director-general-report/" target="_blank">La seguridad de los periodistas y el riesgo de la impunidad</a> que realiza la UNESCO desde el año 2006. Para su elaboración, solicita a los gobiernos información sobre el estado de las investigaciones judiciales de crímenes contra periodistas. Los resultados son desoladores. Hasta la fecha, de los 593 casos sobre los que ha pedido información, sólo ha recibido datos de 211 y de ellos, sólo 39 se han resuelto.</p>
<p>Ante esta realidad y tras años de campaña por parte de organizaciones de la sociedad civil, como por ejemplo las que integran la red <a href="https://ifex.org" target="_blank">IFEX</a>, la Asamblea General de Naciones Unidas (NU) aprobó en diciembre de 2013 la <a href="http://undocs.org/A/RES/68/163" target="_blank">Resolución 68/163</a>, la primera de su historia sobre este tema. En ella declaró el 2 de noviembre como el <a href="http://on.unesco.org/1GJKsc1" target="_blank">Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas</a>. Pero esta resolución dice mucho más. Pide a los Estados que promuevan un entorno seguro para ejercer un periodismo independiente y que prevengan la violencia contra quienes ejercen el periodismo. Y lo que es importante, pide al Secretario General que informe sobre su aplicación. Pero aquí no acaba todo. En el año 2014, la Asamblea General volvió a aprobar otra resolución similar (<a href="http://undocs.org/A/RES/69/185" target="_blank">A/RES/69/185</a>), en la que también pide a Ban Ki-moon que informe sobre su implementación. De nuevo, los resultados son desoladores. Cuando se pidió a los Gobiernos que enviaran información para elaborar los informes del Secretario General, en ambos casos no respondieron ni 25 de los 193 Estados que conforman NU.</p>
<p>La cosa no queda aquí. También el Consejo de Derechos Humanos aprobó una <a href="http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/RES/21/12" target="_blank">resolución</a> sobre el tema en 2012 y lo volvió a hacer en 2014 (<a href="http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/RES/27/5" target="_blank">A/HRC/27/5</a>), detallando una propuesta de medidas que los gobiernos pueden poner en marcha para acabar con la violencia contra periodistas y comunicadores. Incluso publicó un <a href="http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/24/23" target="_blank">informe de buenas prácticas</a>, pero de nuevo no contribuyeron más de 25 países.</p>
<p>Aún hay más. El Consejo de Seguridad acaba de aprobar la <a href="http://undocs.org/S/RES/2222(2015)" target="_blank">Resolución 2222</a> que pide a los Estados que investiguen los casos en los que los periodistas han sido blanco deliberado de ataque, incumpliendo lo que establece la ley internacional humanitaria. También, una vez más, se le pide al Secretario General que informe regularmente sobre ello.</p>
<p>Y para terminar. Desde el año 2012 la UNESCO coordina la implementación de la primera y única <a href="http://www.unesco.org/new/fileadmin/MULTIMEDIA/HQ/CI/CI/pdf/official_documents/UN-Plan-on-Safety-Journalists_ES_UN-Logo.pdf" target="_blank">estrategia de NU para la seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad</a>, a cuya ejecución, por cierto, se pueden unir medios de comunicación, organizaciones profesionales, ONGs, etc.</p>
<p>Así que volviendo al principio: ¿Por qué nos debe importar el Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas?</p>
<p>Porque es un buen día para para empezar a supervisar lo que hacen (o no hacen) los gobiernos con estas resoluciones y si cumplen (o no) con sus compromisos. Si no informamos, si nos puede el escepticismo, un día será demasiado tarde. No estaremos aquí para contarlo.</p>
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		<title>¿Y qué hay de la comunicación en los Objetivos de Desarrollo Sostenible?</title>
		<link>http://www.otromundoestaenmarcha.org/hable-sin-miedo/2015/10/20/y-que-hay-de-la-comunicacion-en-los-objetivos-de-desarrollo-sostenible/</link>
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		<pubDate>Tue, 20 Oct 2015 19:12:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Silvia Chocarro Marcesse]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Cambio Social]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Desarrollo]]></category>

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		<description><![CDATA[Vayamos a la página web de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) aprobados por Naciones Unidas (NU) y busquemos la palabra “comunicación” entre los 17 objetivos y sus 169 metas. ¿Qué papel juega en esta nueva agenda global de desarrollo de aquí al 2030? La comunicación no está en los ODS; aunque se mencionan las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Tampoco hay rastro del derecho a la libertad de expresión. Hay, sin embargo, una buena noticia. Los ODS reconocen el acceso público a la información como factor fundamental para el desarrollo de sociedades democráticas y participativas. La comunicación como instrumento y no como derecho No es nuevo en el ámbito del desarrollo que la comunicación se presente desde una perspectiva instrumental, ligada al acceso a las TIC como medio para alcanzar otros fines. Por desgracia, lo novedoso hubiese sido incluir en los ODS la comunicación como un derecho humano. Además, al margen de la innegable importancia de las TIC en nuestra sociedad, su inclusión en los ODS no deja de ser muy limitada. El compromiso de fortalecer el acceso y uso de las TIC se orienta hacia los llamados países menos desarrollados. Y sólo es objetivo de ámbito global en el caso de la promoción del empoderamiento de las mujeres. Estoy segura de que a cualquier persona le parecería obvio que la comunicación ocupe un lugar relevante en una lista de buenas intenciones para construir una mejor sociedad para el siglo XXI, pero parece que no lo es cuando los debates implican compromisos y garantías por parte de los gobiernos. En este contexto, el reconocimiento del derecho a la libertad de opinión, o de expresión, o el derecho de acceso a la información, por ejemplo, se convierten en una amenaza, a pesar de que el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humano afirma que “toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Luces y sombras de la comunicación en el proceso de los ODS Cuando comenzó el proceso de elaboración de los ODS, más de doscientas organizaciones de la sociedad civil, aglutinadas en la red Global Forum for Media Development y la ONG Artículo 19 elaboraron una estrategia para promover la inclusión en los ODS de los derechos a la libertad de expresión y de acceso público a la información. En un principio, hubo cierto optimismo. Cuando en junio de 2014 el grupo de treinta países encargado de elaborar una propuesta de ODS, el llamado Grupo de Trabajo Abierto (OWG, en sus siglas en ingles), presentó un primer borrador reconocieron la necesidad de promover estos derechos. La meta 16.14 se comprometía a “mejorar el acceso público a la información y a datos gubernamentales” y la meta 16.17 reconocía “la promoción de la libertad de expresión”. Ambas se insertaban en el marco del objetivo 16 sobre la consecución de “sociedades pacíficas e inclusivas, el estado de derecho e instituciones capaces y efectivas”. Poco tiempo después, en diciembre de 2014, el secretario general de NU Ban Ki-moon presentó su propia propuesta sintetizando las aportaciones de dos años de debate. Su informe “El camino hacia la dignidad para 2030: acabar con la pobreza y transformar vidas protegiendo el planeta” reconocía que la libertad de expresión y el acceso a la información “son elementos facilitadores del desarrollo sostenible”. Fue otro signo para el optimismo. Sin embargo, el derecho a la libertad de expresión no sobrevivió. El acceso a la información, sí. Y no es baladí. La inclusión de estas siete palabras: “garantizar el acceso público a la información” son el resultado de días, semanas y meses de trabajo y de sensibilización por parte de la sociedad civil, en buena parte del GFMD y Artículo 19. Finalmente, en la versión definitiva de los ODS aprobada el pasado mes de septiembre por la Asamblea General de NU, la meta 16.10 dice lo siguiente: “garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales”. Cabe preguntarse, no obstante, ¿a qué libertades fundamentales se refiere? o ¿cómo se define el acceso público a la información? Y es aquí donde aún queda trabajo por hacer. ¿Aún hay tiempo para unos mejores ODS? Naciones Unidas debate ahora los indicadores que medirán los ODS. Y estos indicadores definirán su verdadera esencia. La segunda reunión del comité de especialistas en estadística de los Estados Miembro conocido como “Grupo Interinstitucional y de Expertos” (IAEG, en sus siglas en inglés) es a finales de octubre y presentarán una propuesta de indicadores en febrero. Decidirán cómo se mide el grado de acceso público a la información. Y no será lo mismo, por ejemplo, medirlo en base a la existencia de una ley de acceso, que en base no sólo a su existencia sino a su aplicación efectiva. ¿Y cómo se medirá la protección de las libertades fundamentales? Estos indicadores serán, en definitiva, los que definan a qué libertades fundamentales se refieren los ODS. Existen al menos dos propuestas sobre la mesa para responder a estas preguntas. El GFMD, por ejemplo, sugiere medir el acceso a la información mediante “la adopción y aplicación de mecanismos y garantías jurídicas que garanticen el acceso público a la información, incluyendo, aunque no sólo, la información relativa  a todos y cada uno de los ODS». Por otra parte, existe una propuesta relativa a la meta sobre libertades fundamentales que dice así: «número de casos verificados de homicidios (‘killings’ en inglés), secuestros, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y tortura de periodistas, personal asociado de los medios de comunicación, sindicalistas y defensores de derechos humanos en los doce meses previos”. Esta segunda propuesta viene de la UNESCO, la Oficina del Alto Comisionado de NU para los Derechos Humanos (OACDH) y la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Estemos alerta, pues. Los ODS ya se han aprobado, pero la definición de sus indicadores pueden hacer de ellos unos objetivos transcendentales o todo lo contrario. Después, nos tocará vigilar su cumplimiento minuciosamente. El trabajo aún no ha terminado.]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Vayamos a la <a href="https://sustainabledevelopment.un.org/topics">página web</a> de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) aprobados por Naciones Unidas (NU) y busquemos la palabra “comunicación” entre los 17 objetivos y sus 169 metas. ¿Qué papel juega en esta nueva agenda global de desarrollo de aquí al 2030? La comunicación no está en los ODS; aunque se mencionan las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Tampoco hay rastro del derecho a la libertad de expresión. Hay, sin embargo, una buena noticia. Los ODS reconocen el acceso público a la información como factor fundamental para el desarrollo de sociedades democráticas y participativas.</p>
<p><strong>La comunicación como instrumento y no como derecho</strong></p>
<p>No es nuevo en el ámbito del desarrollo que la comunicación se presente desde una perspectiva instrumental, ligada al acceso a las TIC como medio para alcanzar otros fines. Por desgracia, lo novedoso hubiese sido incluir en los ODS la comunicación como un derecho humano. Además, al margen de la innegable importancia de las TIC en nuestra sociedad, su inclusión en los ODS no deja de ser muy limitada. El compromiso de fortalecer el acceso y uso de las TIC se orienta hacia los llamados <a href="http://www.un.org/en/development/desa/policy/cdp/ldc_info.shtml">países menos desarrollados</a>. Y sólo es objetivo de ámbito global en el caso de la promoción del empoderamiento de las mujeres.</p>
<p>Estoy segura de que a cualquier persona le parecería obvio que la comunicación ocupe un lugar relevante en una lista de buenas intenciones para construir una mejor sociedad para el siglo XXI, pero parece que no lo es cuando los debates implican compromisos y garantías por parte de los gobiernos. En este contexto, el reconocimiento del derecho a la libertad de opinión, o de expresión, o el derecho de acceso a la información, por ejemplo, se convierten en una amenaza, a pesar de que el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humano afirma que “toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.</p>
<p><strong>Luces y sombras de la comunicación en el proceso de los ODS</strong></p>
<p>Cuando comenzó el proceso de elaboración de los ODS, más de doscientas organizaciones de la sociedad civil, aglutinadas en la red <em><a href="http://gfmd.info/">Global Forum for Media Development</a></em> y la <a href="https://www.article19.org/">ONG Artículo 19</a> elaboraron una estrategia para promover la inclusión en los ODS de los derechos a la libertad de expresión y de acceso público a la información. En un principio, hubo cierto optimismo. Cuando en junio de 2014 el grupo de treinta países encargado de elaborar una propuesta de ODS, el llamado <a href="https://sustainabledevelopment.un.org/owg.html">Grupo de Trabajo Abierto</a> (OWG, en sus siglas en ingles), presentó un primer borrador reconocieron la necesidad de promover estos derechos. La meta 16.14 se comprometía a “mejorar el acceso público a la información y a datos gubernamentales” y la meta 16.17 reconocía “la promoción de la libertad de expresión”. Ambas se insertaban en el marco del objetivo 16 sobre la consecución de “sociedades pacíficas e inclusivas, el estado de derecho e instituciones capaces y efectivas”.</p>
<p>Poco tiempo después, en diciembre de 2014, el secretario general de NU Ban Ki-moon presentó su propia propuesta sintetizando las aportaciones de dos años de debate. Su informe “<a href="undocs.org/A/69/700">El camino hacia la dignidad para 2030: acabar con la pobreza y transformar vidas protegiendo el planeta</a>” reconocía que la libertad de expresión y el acceso a la información “son elementos facilitadores del desarrollo sostenible”. Fue otro signo para el optimismo.</p>
<p>Sin embargo, el derecho a la libertad de expresión no sobrevivió. El acceso a la información, sí. Y no es baladí. La inclusión de estas siete palabras: “garantizar el acceso público a la información” son el resultado de días, semanas y meses de trabajo y de sensibilización por parte de la sociedad civil, en buena parte del GFMD y Artículo 19. Finalmente, en la versión definitiva de los ODS aprobada el pasado mes de septiembre por la Asamblea General de NU, la meta 16.10 dice lo siguiente: “garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales”. Cabe preguntarse, no obstante, ¿a qué libertades fundamentales se refiere? o ¿cómo se define el acceso público a la información? Y es aquí donde aún queda trabajo por hacer.</p>
<p><strong>¿Aún hay tiempo para unos mejores ODS?</strong></p>
<p>Naciones Unidas debate ahora los indicadores que medirán los ODS. Y estos indicadores definirán su verdadera esencia. La <a href="http://unstats.un.org/sdgs/meetings/iaeg-sdgs-meeting-02">segunda reunión</a> del comité de especialistas en estadística de los Estados Miembro conocido como “Grupo Interinstitucional y de Expertos” (IAEG, en sus siglas en inglés) es a finales de octubre y presentarán una propuesta de indicadores en febrero. Decidirán cómo se mide el grado de acceso público a la información. Y no será lo mismo, por ejemplo, medirlo en base a la existencia de una ley de acceso, que en base no sólo a su existencia sino a su aplicación efectiva. ¿Y cómo se medirá la protección de las libertades fundamentales? Estos indicadores serán, en definitiva, los que definan a qué libertades fundamentales se refieren los ODS.</p>
<p>Existen al menos dos propuestas sobre la mesa para responder a estas preguntas. El GFMD, por ejemplo, sugiere medir el acceso a la información mediante “la adopción y aplicación de mecanismos y garantías jurídicas que garanticen el acceso público a la información, incluyendo, aunque no sólo, la información relativa  a todos y cada uno de los ODS». Por otra parte, existe una propuesta relativa a la meta sobre libertades fundamentales que dice así: «número de casos verificados de homicidios (‘killings’ en inglés), secuestros, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y tortura de periodistas, personal asociado de los medios de comunicación, sindicalistas y defensores de derechos humanos en los doce meses previos”. Esta segunda propuesta viene de la UNESCO, la Oficina del Alto Comisionado de NU para los Derechos Humanos (OACDH) y la Organización Internacional de Trabajo (OIT).</p>
<p>Estemos alerta, pues. Los ODS ya se han aprobado, pero la definición de sus indicadores pueden hacer de ellos unos objetivos transcendentales o todo lo contrario. Después, nos tocará vigilar su cumplimiento minuciosamente. El trabajo aún no ha terminado.</p>
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		<title>Contra la ‘lex mercatoria’</title>
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		<pubDate>Wed, 07 Oct 2015 08:52:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[OMAL]]></dc:creator>
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		<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Economía Crítica]]></category>

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		<description><![CDATA[Por Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro (OMAL).- En la lex mercatoria, los derechos de las empresas transnacionales se protegen a través de un ordenamiento jurídico global basado en reglas de comercio e inversiones –los contratos firmados por las grandes corporaciones; las normas, disposiciones, políticas de ajuste y préstamos condicionados de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial; el Sistema de Solución de Diferencias de la OMC y los tribunales arbitrales– cuyas características son imperativas, coercitivas y ejecutivas. Y, mientras tanto, sus obligaciones se reenvían a las legislaciones nacionales, sometidas a las políticas neoliberales de desregulación, privatización y reducción de la capacidad de intervención del Estado –en lo que se refiere a las políticas públicas, no así en el fortalecimiento de los aparatos militares y de control social–; es decir, se construyen legislaciones ad hoc para la defensa de los intereses de las multinacionales. A la vez que sus negocios por todo el planeta se protegen mediante toda esa “arquitectura jurídica de la impunidad” compuesta por los miles de acuerdos y tratados que conforman el Derecho Corporativo Global, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos presenta una manifiesta debilidad a la hora de proteger los derechos de las mayorías sociales y controlar a las corporaciones transnacionales. Frente a la fortaleza de las normas de comercio e inversiones, la responsabilidad social corporativa (RSC) y los códigos de conducta son fórmulas de Derecho blando (soft law) –normas voluntarias, unilaterales y sin exigibilidad jurídica– para contener el poder de las transnacionales, que remiten sus obligaciones a sus memorias anuales y a la “ética empresarial”. Casos como el de Chevron-Texaco, que ha demandado al Estado ecuatoriano ante tribunales internacionales de arbitraje después de que la Corte Nacional de Justicia de Ecuador ratificase el fallo que lo condenaba a pagar una indemnización a los afectados por la contaminación de la petrolera estadounidense en la Amazonia, o el de la actual negociación del Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones entre la Unión Europea y Estados Unidos (TTIP), con el que tratan de blindarse los derechos de las grandes corporaciones en tiempos de crisis y ante posibles cambios de gobierno, ilustran la asimetría que existe entre el poder de la lex mercatoria y la fragilidad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De ahí la necesidad de nuevas normas y propuestas alternativas para controlar a las empresas transnacionales que, justo en sentido contrario, sirvan para poner los derechos de las personas y de los pueblos, como mínimo, al mismo nivel que los de las grandes compañías. Hacia normas vinculantes en la ONU En junio del año pasado, durante la 26ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, Naciones Unidas adoptó una decisión importante: “Establecer un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos, cuyo mandato es elaborar un instrumento jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. Un año después, este grupo ha echado a andar en Ginebra con el objetivo de crear una normativa internacional que obligue a las grandes corporaciones a respetar los derechos humanos. El proceso de elaboración de una norma vinculante para empresas transnacionales en términos de derechos humanos, eso sí, va a ser largo y costoso. Frente a la rapidez con que la UE y EEUU negocian los acuerdos comerciales y de inversión –además del TTIP, que se está retrasando más de lo previsto por la fuerte movilización social en su contra, no hay más que ver todos los acuerdos comerciales que la Unión ha firmado en los últimos años (Colombia, Perú, Centroamérica, en breve Canadá)–, las normas de derechos humanos siguen un proceso mucho más lento y salpicado de complicaciones. Como pudo verse en las primeras sesiones que tuvieron lugar en julio en Ginebra, las grandes potencias y los lobbies empresariales van a hacer todo lo posible para obstruir esta iniciativa, bloqueando la discusión, deslegitimando el debate y eternizando el avance del proceso. Alternativas al tratado de libre comercio “Los derechos humanos, la democracia y la transparencia deben priorizase por encima de los intereses empresariales y privados, al igual que el acceso universal a los servicios públicos de calidad, la protección social, las normas laborales y ambientales.” Ésta es la premisa central del nuevo mandato de comercio alternativo, un documento elaborado el pasado año por diferentes organizaciones sociales europeas en el que se apuesta “por una nueva perspectiva frente al comercio”. En él se incluyen propuestas alternativas de regulación que tienen en cuenta, entre otros factores, que: La política comercial europea respete el derecho de los países y las regiones a desarrollar el comercio local y regional por encima del global; por ejemplo, en el sector de la alimentación. Los gobiernos y los parlamentos europeos han de exigir a las corporaciones transnacionales que rindan cuentas en sus países por las consecuencias sociales y ambientales de sus operaciones en todo el mundo. Los gobiernos deben regular las importaciones, exportaciones e inversiones de forma que estas sirvan a sus propias estrategias de desarrollo sostenible. Los países, las regiones y las comunidades tienen que controlar la producción, la distribución y el consumo de sus propios bienes y servicios. Los gobiernos, los parlamentos y las autoridades públicas deben tener plenos derechos para regular los mercados financieros, con el fin de proteger los derechos sociales, salvaguardar el control democrático y garantizar la sostenibilidad socioambiental. Mecanismos de control y regulación Ante la negociación del TTIP y otros tratados comerciales y de inversión, es necesario restablecer la competencia territorial de los tribunales nacionales, recuperar el papel de los parlamentos y poner en marcha iniciativas legislativas populares. No parece que, en los tratados de “libre comercio”, sirva de mucho incluir cláusulas a favor del “desarrollo sostenible” y la “responsabilidad social”, sino que en su lugar habría que incorporar menciones efectivas a favor de los derechos humanos. Como, por ejemplo: Cambio de paradigma: un comercio de complementariedad, con respeto a los pueblos y a la naturaleza, frente a un comercio basado en la competitividad, la guerra y la destrucción. Jerarquía normativa: debe haber una primacía de los derechos humanos sobre las normas de comercio e inversiones. Consultas: que tengan en cuenta a las empresas, por supuesto, pero también a las administraciones públicas, organizaciones sindicales y de consumidores, movimientos sociales, personas y pueblos… Transparencia: en todo el proceso de tramitación, al menos, como en todo lo que tiene que ver con la tramitación parlamentaria. Bienes comunes: dejar el agua, la salud, la educación y los servicios públicos fuera de las normas de comercio y situarlos bajo tutela pública y colectiva. Soberanía judicial: poner fin a los tribu­nales privados de arbitraje, apostando por establecer instancias y órganos para el control público y ciudadano de las empresas transnacionales. Obligaciones extraterritoriales El Estado no debería plantear medidas de asesoramiento e incentivo a las empresas para hacer respetar los derechos humanos en sus actividades, sino de control y sanción; su labor habría de ser la de exigir el cumplimiento de las normas que regulan los mismos. Porque las corporaciones transnacionales tienen la obligación de respetar la ley a escala nacional e internacional y, en su caso, sufrir las sanciones, civiles, penales, laborales y/o administrativas correspondientes. En esta línea, el Estado español debería aprobar y reformar distintas normas jurídicas en esta dirección y no, como se indica en la reciente Estrategia Española de RSE 2014-2020 y en el Plan Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos –aún no aprobado–, implantar un sistema de incentivos, sensibilización y reconocimiento de buenas prácticas para afrontar los incumplimientos de una normativa de obligado cumplimiento. Es necesario reafirmar la obligación de los Estados de proteger los derechos humanos contra las violaciones cometidas por las empresas transnacionales, detallando medidas específicas que los Estados han de asumir al respecto. Para empezar, estas deberían incluir el establecimiento de mecanismos efectivos a nivel nacional para posibilitar el acceso a la justicia y la reparación a las víctimas y las comunidades afectadas. Igualmente, los Estados deben garantizar las obligaciones extraterritoriales de las grandes corporaciones; esto es, que las empresas que tienen su sede principal en su territorio respeten todos los derechos humanos cuando operen en el exterior. Por un tratado internacional de los Pueblos Con el propósito de crear instrumentos para el ejercicio de un control real sobre las operaciones de estas compañías, diferentes movimientos sociales, pueblos originarios, sindicalistas, juristas, activistas y víctimas de las prácticas de las multinacionales han elaborado conjuntamente el Tratado Internacional de los Pueblos para el Control de las Empresas Transnacionales: “Una propuesta alternativa de carácter radical, cuyos objetivos son, por un lado, proponer mecanismos de control para frenar las violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas transnacionales y, por otro, ofrecer un marco para el intercambio y la creación de alianzas entre comunidades y movimientos sociales para reclamar el espacio público, ahora ocupado por los poderes corporativos”. La idea es que el trabajo colectivo que ha dado lugar a este tratado recoja la experiencia acumulada en la última década, a partir de las diferentes luchas contra las empresas transnacionales y las instituciones estatales e internacionales que las apoyan. Como se dice en la propuesta del Tratado de los Pueblos, se trata de “construir y analizar el Derecho Internacional ‘desde abajo’, desde los movimientos sociales y desde las resistencias de hombres y mujeres, y no desde las élites económicas y políticas”. Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro (@pramiro_), del Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL) – Paz con Dignidad. Artículo publicado en Diagonal, nº 254, septiembre de 2015.]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<div class="texte surlignable">
<p>Por Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro (<i>OMAL).- </i><strong>En la <em>lex mercatoria</em>, los derechos de las empresas transnacionales se protegen a través de un ordenamiento jurídico global basado en reglas de comercio e inversiones –los contratos firmados por las grandes corporaciones; las normas, disposiciones, políticas de ajuste y préstamos condicionados de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial; el Sistema de Solución de Diferencias de la OMC y los tribunales arbitrales– cuyas características son imperativas, coercitivas y ejecutivas. Y, mientras tanto, sus obligaciones se reenvían a las legislaciones nacionales, sometidas a las políticas neoliberales de desregulación, privatización y reducción de la capacidad de intervención del Estado –en lo que se refiere a las políticas públicas, no así en el fortalecimiento de los aparatos militares y de control social–; es decir, se construyen legislaciones <em>ad hoc</em> para la defensa de los intereses de las multinacionales.</strong></p>
<p>A la vez que sus negocios por todo el planeta se protegen mediante toda esa “arquitectura jurídica de la impunidad” compuesta por los miles de acuerdos y tratados que conforman el Derecho Corporativo Global, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos presenta una manifiesta debilidad a la hora de proteger los derechos de las mayorías sociales y controlar a las corporaciones transnacionales. Frente a la fortaleza de las normas de comercio e inversiones, la responsabilidad social corporativa (RSC) y los códigos de conducta son fórmulas de Derecho blando (soft law) –normas voluntarias, unilaterales y sin exigibilidad jurídica– para contener el poder de las transnacionales, que remiten sus obligaciones a sus memorias anuales y a la “ética empresarial”.</p>
<p>Casos como el de Chevron-Texaco, que ha demandado al Estado ecuatoriano ante tribunales internacionales de arbitraje después de que la Corte Nacional de Justicia de Ecuador ratificase el fallo que lo condenaba a pagar una indemnización a los afectados por <a class="spip_out" href="https://www.diagonalperiodico.net/global/26811-movilizaciones-trece-paises-contra-la-petrolera-texaco.html" target="_blank" rel="external">la contaminación de la petrolera estadounidense en la Amazonia</a>, o el de <a class="spip_out" href="https://www.diagonalperiodico.net/tags-tags-tematicos/ttip" target="_blank" rel="external">la actual negociación del Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones entre la Unión Europea y Estados Unidos (TTIP)</a>, con el que tratan de blindarse los derechos de las grandes corporaciones en tiempos de crisis y ante posibles cambios de gobierno, ilustran la asimetría que existe entre el poder de la lex mercatoria y la fragilidad del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De ahí la necesidad de nuevas normas y propuestas alternativas para controlar a las empresas transnacionales que, justo en sentido contrario, sirvan para poner los derechos de las personas y de los pueblos, como mínimo, al mismo nivel que los de las grandes compañías.</p>
<p><strong>Hacia normas vinculantes en la ONU</strong></p>
<p>En junio del año pasado, durante la 26ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, Naciones Unidas adoptó una decisión importante: “Establecer un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos, cuyo mandato es elaborar un instrumento jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. Un año después, este grupo ha echado a andar en Ginebra con el objetivo de crear una normativa internacional que obligue a las grandes corporaciones a respetar los derechos humanos.</p>
<p>El proceso de elaboración de una norma vinculante para empresas transnacionales en términos de derechos humanos, eso sí, va a ser largo y costoso.</p>
<p>Frente a la rapidez con que la UE y EEUU negocian los acuerdos comerciales y de inversión –además del TTIP, que se está retrasando más de lo previsto por la fuerte movilización social en su contra, no hay más que ver todos los acuerdos comerciales que la Unión ha firmado en los últimos años (Colombia, Perú, Centroamérica, en breve Canadá)–, las normas de derechos humanos siguen un proceso mucho más lento y salpicado de complicaciones. Como pudo verse en las primeras sesiones que tuvieron lugar en julio en Ginebra, las grandes potencias y los lobbies empresariales van a hacer todo lo posible para obstruir esta iniciativa, bloqueando la discusión, deslegitimando el debate y eternizando el avance del proceso.</p>
<p><strong>Alternativas al tratado de libre comercio</strong></p>
<p>“Los derechos humanos, la democracia y la transparencia deben priorizase por encima de los intereses empresariales y privados, al igual que el acceso universal a los servicios públicos de calidad, la protección social, las normas laborales y ambientales.”</p>
<p>Ésta es la premisa central del nuevo mandato de comercio alternativo, un documento elaborado el pasado año por diferentes organizaciones sociales europeas en el que se apuesta “por una nueva perspectiva frente al comercio”. En él se incluyen propuestas alternativas de regulación que tienen en cuenta, entre otros factores, que:</p>
<ul class="spip">
<li>La política comercial europea respete el derecho de los países y las regiones a desarrollar el comercio local y regional por encima del global; por ejemplo, en el sector de la alimentación.</li>
<li>Los gobiernos y los parlamentos europeos han de exigir a las corporaciones transnacionales que rindan cuentas en sus países por las consecuencias sociales y ambientales de sus operaciones en todo el mundo.</li>
<li>Los gobiernos deben regular las importaciones, exportaciones e inversiones de forma que estas sirvan a sus propias estrategias de desarrollo sostenible.</li>
<li>Los países, las regiones y las comunidades tienen que controlar la producción, la distribución y el consumo de sus propios bienes y servicios.</li>
<li>Los gobiernos, los parlamentos y las autoridades públicas deben tener plenos derechos para regular los mercados financieros, con el fin de proteger los derechos sociales, salvaguardar el control democrático y garantizar la sostenibilidad socioambiental.</li>
</ul>
<p><strong>Mecanismos de control y regulación</strong></p>
<p>Ante la negociación del TTIP y otros tratados comerciales y de inversión, es necesario restablecer la competencia territorial de los tribunales nacionales, recuperar el papel de los parlamentos y poner en marcha iniciativas legislativas populares. No parece que, en los tratados de “libre comercio”, sirva de mucho incluir cláusulas a favor del “desarrollo sostenible” y la “responsabilidad social”, sino que en su lugar habría que incorporar menciones efectivas a favor de los derechos humanos. Como, por ejemplo:</p>
<ul class="spip">
<li>Cambio de paradigma: un comercio de complementariedad, con respeto a los pueblos y a la naturaleza, frente a un comercio basado en la competitividad, la guerra y la destrucción.</li>
<li>Jerarquía normativa: debe haber una primacía de los derechos humanos sobre las normas de comercio e inversiones.</li>
<li>Consultas: que tengan en cuenta a las empresas, por supuesto, pero también a las administraciones públicas, organizaciones sindicales y de consumidores, movimientos sociales, personas y pueblos…</li>
<li>Transparencia: en todo el proceso de tramitación, al menos, como en todo lo que tiene que ver con la tramitación parlamentaria.</li>
<li>Bienes comunes: dejar el agua, la salud, la educación y los servicios públicos fuera de las normas de comercio y situarlos bajo tutela pública y colectiva.</li>
<li>Soberanía judicial: poner fin a los tribu­nales privados de arbitraje, apostando por establecer instancias y órganos para el control público y ciudadano de las empresas transnacionales.</li>
</ul>
<p><strong>Obligaciones extraterritoriales</strong></p>
<p>El Estado no debería plantear medidas de asesoramiento e incentivo a las empresas para hacer respetar los derechos humanos en sus actividades, sino de control y sanción; su labor habría de ser la de exigir el cumplimiento de las normas que regulan los mismos. Porque las corporaciones transnacionales tienen la obligación de respetar la ley a escala nacional e internacional y, en su caso, sufrir las sanciones, civiles, penales, laborales y/o administrativas correspondientes.</p>
<p>En esta línea, el Estado español debería aprobar y reformar distintas normas jurídicas en esta dirección y no, como se indica en la reciente Estrategia Española de RSE 2014-2020 y en el Plan Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos –aún no aprobado–, implantar un sistema de incentivos, sensibilización y reconocimiento de buenas prácticas para afrontar los incumplimientos de una normativa de obligado cumplimiento.</p>
<p>Es necesario reafirmar la obligación de los Estados de proteger los derechos humanos contra las violaciones cometidas por las empresas transnacionales, detallando medidas específicas que los Estados han de asumir al respecto. Para empezar, estas deberían incluir el establecimiento de mecanismos efectivos a nivel nacional para posibilitar el acceso a la justicia y la reparación a las víctimas y las comunidades afectadas. Igualmente, los Estados deben garantizar las obligaciones extraterritoriales de las grandes corporaciones; esto es, que las empresas que tienen su sede principal en su territorio respeten todos los derechos humanos cuando operen en el exterior.</p>
<p><strong>Por un tratado internacional de los Pueblos</strong></p>
<p>Con el propósito de crear instrumentos para el ejercicio de un control real sobre las operaciones de estas compañías, diferentes movimientos sociales, pueblos originarios, sindicalistas, juristas, activistas y víctimas de las prácticas de las multinacionales han elaborado conjuntamente el Tratado Internacional de los Pueblos para el Control de las Empresas Transnacionales: “Una propuesta alternativa de carácter radical, cuyos objetivos son, por un lado, proponer mecanismos de control para frenar las violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas transnacionales y, por otro, ofrecer un marco para el intercambio y la creación de alianzas entre comunidades y movimientos sociales para reclamar el espacio público, ahora ocupado por los poderes corporativos”.</p>
<p>La idea es que el trabajo colectivo que ha dado lugar a este tratado recoja la experiencia acumulada en la última década, a partir de las diferentes luchas contra las empresas transnacionales y las instituciones estatales e internacionales que las apoyan. Como se dice en la propuesta del Tratado de los Pueblos, se trata de “construir y analizar el Derecho Internacional ‘desde abajo’, desde los movimientos sociales y desde las resistencias de hombres y mujeres, y no desde las élites económicas y políticas”.</p>
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<p><i> <strong>Juan Hernández Zubizarreta</strong> y <strong>Pedro Ramiro</strong> (<a class="spip_out" href="http://twitter.com/pramiro_" target="_blank" rel="external">@pramiro_</a>), del <a class="spip_out" href="http://www.omal.info" target="_blank" rel="external">Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL)</a> – <a class="spip_out" href="http://www.pazcondignidad.org" target="_blank" rel="external">Paz con Dignidad</a>. </i></p>
</div>
<hr />
<p class="hyperlien">Artículo publicado en <a href="https://www.diagonalperiodico.net/global/27883-contra-la-lex-mercatoria.html" target="_blank"><i>Diagonal</i>, nº 254, septiembre de 2015.</a></p>
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		<title>Más TTIP, más desigualdad</title>
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		<pubDate>Thu, 17 Sep 2015 07:45:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Economistas sin Fronteras]]></dc:creator>
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		<category><![CDATA[Globalización]]></category>

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		<description><![CDATA[Por Paco Cervera (Economistas sin Fronteras) A partir del 2004 y tras la publicación por parte de la OIT del A fair globalization. The role of the ILO. Report of the Director-General on the World Commission on the Social Dimension of Globalization (Report 92), la desigualdad pasó a ocupar una posición más central entre las preocupaciones de distintos organismos internacionales. Pero ha sido tras la publicación del libro “Capital en el siglo XXI” del economista francés Thomas Piketty que el debate sobre este concepto se ha convertido en tema obligatorio casi en cualquier tertulia, económica o no. Y es que el proceso globalizador, en la forma en que se ha desarrollado, no ha estado exento de disfunciones y entre ellas, el crecimiento de la desigualdad. El Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversión, más conocido por sus siglas en inglés TTIP, ha pasado a ser un elemento de debate encendido entre partidarios y detractores. Sus partidarios resaltan los efectos positivos sobre la economía y el empleo. Un estudio independiente &#8216;Reducing Transatlantic Barriers to Trade and Investment: An Economic Assessment&#8216;, del Centre for Economic Policy Research de Londres establecía que las mejoras económicas que notaría una familia de cuatro personas rondarían los 545€ al año en ingreso disponible. Las exportaciones europeas crecerían un 6%, teniendo en cuenta que hoy por hoy, diez millones de empleos ya dependen de las exportaciones europeas a EE.UU., se generaría más empleo y mejor remunerado. Al incrementarse la competencia, la teoría económica nos dice que los precios tenderán a bajar, aspecto beneficioso para los consumidores, junto al incremento en las posibilidades de elección. Se estima que la economía crezca entre un 0.2 y 0.5% extra anualmente. Y es que este acuerdo pretende relajar, más si cabe, las restricciones comerciales que existen entre los EE.UU. y la UE, llegando a plantear un proceso de homogeneización de legislaciones actuales y futuras. Aunque no sólo esto, sino que también espera que se produzca un aumento de las inversiones extranjeras directas (IED) a ambos lados del Atlántico. Para ello, establece la creación del conocido, y polémico, ISDS (Investor-State Dispute Settlement) o tribunal (privado) de resolución de conflictos entre la parte inversora y los estados que reciben la inversión. Por tanto, es necesario preguntarse si este acuerdo, basado en la institucionalización del proceso globalizador, va a tener efectos sobre la desigualdad económica en nuestras sociedades. A pesar de que el mensaje más repetido (tienen mucho poder los TINA’s) es el que afirma que el comercio mundial y demás componentes de la globalización han reducido la desigualdad, un repaso de la literatura sobre el efecto que tiene la liberalización del comercio y de la IED sobre la desigualdad nos habla de efectos contradictorios. Todo ello consecuencia de las diferencias en cómo se mide la desigualdad, de si se dispone de datos suficientes en cantidad y/o en calidad, así como se realice la estimación, ponderando el peso poblacional y de la forma en que se homogeneizan los datos a una moneda común. ¿Puede incrementar la desigualdad económica la apertura total al comercio? Antes de responder a la cuestión me gustaría puntualizar que quizás el efecto de esta apertura, en cuanto al TTIP, sea limitado. En este sentido ya existe mucha interconexión entre ambos mercados, aunque en determinados sectores sí que puede ser importante. Lo que sucede cuando dos mercados entran en contacto es que tienden a especializarse en aquellas producciones en las que tienen ventajas competitivas. Como consecuencia de estas especializaciones se van a producir cierres de ciertas empresas con el consiguiente aumento del paro. Los TINA’s suelen argumentar que este paro es friccional y que tenderá a desaparecer en el medio plazo, pues será absorbido por aquellas industrias con ventajas competitivas. Todo este razonamiento me genera una duda y es, si ese medio plazo no será demasiado largo para una sociedad con un 20% de paro. Seguidamente me planteo si este paro friccional va a recibir una ayuda social (digna) mientras no encuentran trabajo. La duda es mayor pensando en las tendencias actuales en política de empleo mucho más favorable a medidas activas que a pasivas. En cuanto a la relación entre IED y crecimiento económico es claramente positiva y además, es un factor muy importante en la reducción de la pobreza. Pero, deja muy desprotegidas a las sociedades, pues exigen desregulaciones en aquellos sectores a los que se dirijan, lo que también provoca una mayor exposición a las crisis. Si se quiere captar inversión se va a tener que renunciar al Estado de Bienestar como se conoce hasta ahora. Los inversores van a exigir mayor control de las políticas públicas. Si entendemos que mucha de la inversión se produce para obtener ventajas en costes, entonces, si queremos obtener un mayor flujo de dinero en nuestro país vamos a tener que hacer lo mismo que en el resto pero más barato. No planteo en ningún momento las ventajas en tecnología pues estamos hablando de dos zonas desarrolladas. En cambio, los capitalistas (los grandes) podrán mover sus inversiones buscando un mayor rendimiento. En conjunto, provocará un aumento de las desigualdades entre capitalistas y asalariados, pero también entre grandes capitalistas y pequeños. En un especial del Equal Times sobre el TTIP se explica el caso de México y los efectos que el NAFTA-TLCAN supuso para los agricultores mexicanos y las maquiladoras. El Gobierno mexicano vio un incentivo para aumentar las inversiones americanas en frontera mantener los salarios bajos. Salarios bajos que no han permitido disminuir, más bien se ha incrementado, la desigualdad en esa zona. Felipe Calderón, ex presidente mexicano arremetió contra los derechos laborales con varias reformas y continuos ataques a los sindicatos y sindicalistas que se opusieron a las reformas. Es lógico pensar que de la forma en la que se está construyendo el TTIP, los países europeos, con mayor probabilidad los que sufrimos un mayor desempleo, entremos en una competición a la baja en cuanto a derechos e impuestos. Ante lo cual, que el crecimiento económico que pueda provocar este acuerdo, sea redistribuido de manera socialmente justa es francamente improbable. Se pretende sólo proteger a los grandes inversores (con el ISDS), pero ¿dónde quedamos los demás grupos de la sociedad? A pesar de asegurar desde fuentes políticas que no se permitirá esta competición entre estados no se han establecido mecanismos, al menos no se conocen, para evitarla. Es más, en relación a los sindicatos, protectores de los derechos laborales (constitucionalmente en algunos Estados), se les otorga un papel residual en todo el acuerdo, relegándolos a una especie de ONG. Pero, ¡cuidado! Quitar poder al sindicalismo conlleva rebajas en sueldos (muchas personas única fuente de renta) y, por supuesto, menos derechos. La inversión provocará una fuerte competencia entre países de la UE, pero no nos olvidemos que dentro de los propios países se van a acentuar las desigualdades entre territorios. La IED no se localiza de forma homogénea en todo el territorio. En España, son La Comunidad de Madrid y Catalunya las principales receptoras. Esta desigualdad entre territorios si se intenta subsanar con una mayor solidaridad interterritorial puede alimentar, más si cabe, los sentimientos nacionalistas de determinadas zonas del Estado. Todos estos procesos, así como sus consecuencias, no son casualidades divinas sino que proceden de decisiones de quienes nos gobiernan, y por tanto, reversibles. Si deseamos un mundo más igual es posible, con voluntad. La colaboración, y no la competición, entre países es la solución. Establecer medidas fiscales, salarios mínimos iguales junto a demás políticas de empleo para toda la UE, podría frenar la hipotética, pero probable, competición hacia una mayor desigualdad. ¿Se está negociando? Parece que no.]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Por Paco Cervera (Economistas sin Fronteras)</p>
<p>A partir del 2004 y tras la publicación por parte de la OIT del <a href="http://www.ilo.org/global/publications/ilo-bookstore/order-online/books/WCMS_PUBL_9221157873_EN/lang--en/index.htm"><em>A fair globalization. The role of the ILO. Report of the Director-General on the World Commission on the Social Dimension of Globalization (Report 92)</em></a>, la desigualdad pasó a ocupar una posición más central entre las preocupaciones de distintos organismos internacionales. Pero ha sido tras la publicación del libro “Capital en el siglo XXI” del economista francés Thomas Piketty que el debate sobre este concepto se ha convertido en tema obligatorio casi en cualquier tertulia, económica o no. Y es que el proceso globalizador, en la forma en que se ha desarrollado, no ha estado exento de disfunciones y entre ellas, el crecimiento de la desigualdad.</p>
<p>El Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversión, más conocido por sus siglas en inglés TTIP, ha pasado a ser un elemento de debate encendido entre partidarios y detractores. Sus partidarios resaltan los efectos positivos sobre la economía y el empleo. Un estudio independiente &#8216;<em>Reducing Transatlantic Barriers to Trade and Investment: An Economic Assessment</em>&#8216;, del <em>Centre for Economic Policy Research</em> de Londres establecía que las mejoras económicas que notaría una familia de cuatro personas rondarían los 545€ al año en ingreso disponible. Las exportaciones europeas crecerían un 6%, teniendo en cuenta que hoy por hoy, diez millones de empleos ya dependen de las exportaciones europeas a EE.UU., se generaría más empleo y mejor remunerado. Al incrementarse la competencia, la teoría económica nos dice que los precios tenderán a bajar, aspecto beneficioso para los consumidores, junto al incremento en las posibilidades de elección. Se estima que la economía crezca entre un 0.2 y 0.5% extra anualmente. Y es que este acuerdo pretende relajar, más si cabe, las restricciones comerciales que existen entre los EE.UU. y la UE, llegando a plantear un proceso de homogeneización de legislaciones actuales y futuras. Aunque no sólo esto, sino que también espera que se produzca un aumento de las inversiones extranjeras directas (IED) a ambos lados del Atlántico. Para ello, establece la creación del conocido, y polémico, ISDS (<em>Investor-State Dispute Settlement</em>) o tribunal (privado) de resolución de conflictos entre la parte inversora y los estados que reciben la inversión. Por tanto, es necesario preguntarse si este acuerdo, basado en la institucionalización del proceso globalizador, va a tener efectos sobre la desigualdad económica en nuestras sociedades.</p>
<p>A pesar de que el mensaje más repetido (tienen mucho poder los TINA’s) es el que afirma que el comercio mundial y demás componentes de la globalización han reducido la desigualdad, un repaso de la literatura sobre el efecto que tiene la liberalización del comercio y de la IED sobre la desigualdad nos habla de efectos contradictorios. Todo ello consecuencia de las diferencias en cómo se mide la desigualdad, de si se dispone de datos suficientes en cantidad y/o en calidad, así como se realice la estimación, ponderando el peso poblacional y de la forma en que se homogeneizan los datos a una moneda común.</p>
<p><strong>¿Puede incrementar la desigualdad económica la apertura total al comercio?</strong></p>
<p>Antes de responder a la cuestión me gustaría puntualizar que quizás el efecto de esta apertura, en cuanto al TTIP, sea limitado. En este sentido ya existe mucha interconexión entre ambos mercados, aunque en determinados sectores sí que puede ser importante.</p>
<p>Lo que sucede cuando dos mercados entran en contacto es que tienden a especializarse en aquellas producciones en las que tienen ventajas competitivas. Como consecuencia de estas especializaciones se van a producir cierres de ciertas empresas con el consiguiente aumento del paro. Los TINA’s suelen argumentar que este paro es friccional y que tenderá a desaparecer en el medio plazo, pues será absorbido por aquellas industrias con ventajas competitivas. Todo este razonamiento me genera una duda y es, si ese medio plazo no será demasiado largo para una sociedad con un 20% de paro. Seguidamente me planteo si este paro friccional va a recibir una ayuda social (digna) mientras no encuentran trabajo. La duda es mayor pensando en las tendencias actuales en política de empleo mucho más favorable a medidas activas que a pasivas.</p>
<p>En cuanto a la relación entre IED y crecimiento económico es claramente positiva y además, es un factor muy importante en la reducción de la pobreza. Pero, deja muy desprotegidas a las sociedades, pues exigen desregulaciones en aquellos sectores a los que se dirijan, lo que también provoca una mayor exposición a las crisis. Si se quiere captar inversión se va a tener que renunciar al Estado de Bienestar como se conoce hasta ahora. Los inversores van a exigir mayor control de las políticas públicas.</p>
<p>Si entendemos que mucha de la inversión se produce para obtener ventajas en costes, entonces, si queremos obtener un mayor flujo de dinero en nuestro país vamos a tener que hacer lo mismo que en el resto pero más barato. No planteo en ningún momento las ventajas en tecnología pues estamos hablando de dos zonas desarrolladas. En cambio, los capitalistas (los grandes) podrán mover sus inversiones buscando un mayor rendimiento. En conjunto, provocará un aumento de las desigualdades entre capitalistas y asalariados, pero también entre grandes capitalistas y pequeños. En un especial del <a href="http://www.equaltimes.org/what-does-the-ttip-really-mean-for?lang=en#.Vfb0p_ntmko">Equal Times sobre el TTIP</a> se explica el caso de México y los efectos que el NAFTA-TLCAN supuso para los agricultores mexicanos y las maquiladoras. El Gobierno mexicano vio un incentivo para aumentar las inversiones americanas en frontera mantener los salarios bajos. Salarios bajos que no han permitido disminuir, más bien se ha incrementado, la desigualdad en esa zona. Felipe Calderón, ex presidente mexicano arremetió contra los derechos laborales con varias reformas y continuos ataques a los sindicatos y sindicalistas que se opusieron a las reformas.</p>
<p>Es lógico pensar que de la forma en la que se está construyendo el TTIP, los países europeos, con mayor probabilidad los que sufrimos un mayor desempleo, entremos en una competición a la baja en cuanto a derechos e impuestos. Ante lo cual, que el crecimiento económico que pueda provocar este acuerdo, sea redistribuido de manera socialmente justa es francamente improbable. Se pretende sólo proteger a los grandes inversores (con el ISDS), pero ¿dónde quedamos los demás grupos de la sociedad?</p>
<p>A pesar de asegurar desde fuentes políticas que no se permitirá esta competición entre estados no se han establecido mecanismos, al menos no se conocen, para evitarla. Es más, en relación a los sindicatos, protectores de los derechos laborales (constitucionalmente en algunos Estados), se les otorga un papel residual en todo el acuerdo, relegándolos a una especie de ONG. Pero, ¡cuidado! Quitar poder al sindicalismo conlleva rebajas en sueldos (muchas personas única fuente de renta) y, por supuesto, menos derechos.</p>
<p>La inversión provocará una fuerte competencia entre países de la UE, pero no nos olvidemos que dentro de los propios países se van a acentuar las desigualdades entre territorios. La IED no se localiza de forma homogénea en todo el territorio. En España, son La Comunidad de Madrid y Catalunya las principales receptoras. Esta desigualdad entre territorios si se intenta subsanar con una mayor solidaridad interterritorial puede alimentar, más si cabe, los sentimientos nacionalistas de determinadas zonas del Estado.</p>
<p>Todos estos procesos, así como sus consecuencias, no son casualidades divinas sino que proceden de decisiones de quienes nos gobiernan, y por tanto, reversibles. Si deseamos un mundo más igual es posible, con voluntad. La colaboración, y no la competición, entre países es la solución. Establecer medidas fiscales, salarios mínimos iguales junto a demás políticas de empleo para toda la UE, podría frenar la hipotética, pero probable, competición hacia una mayor desigualdad. ¿Se está negociando? Parece que no.</p>
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		<title>Y acabó en tormenta</title>
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		<pubDate>Mon, 17 Aug 2015 10:37:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Economistas sin Fronteras]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Unión Europea]]></category>

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		<description><![CDATA[Por Rosario Goñi (Economistas sin Fronteras) Llegó el verano. Sale el sol, emprendemos la ruta hacia la playa o el monte, planeamos asistir a conciertos, ver museos. Hace calor, planificamos vacaciones, inventamos viajes. Los ciudadanos europeos tenemos la posibilidad de disfrutar de ese espacio europeo sin fronteras, característica fundamental de la Unión Europea. Toda una oportunidad de conocer de primera mano culturas, costumbres, idiomas, paisajes que nos pertenecen, que son parte de nosotros, de la ciudadanía europea. No estamos obligados a enseñar carné identificativo en la frontera entre Estados, incluso podemos viajar junto con nuestras mascotas y con nuestro carné de conducir desplazarnos en automóvil por toda la Unión. Comenzado el viaje por los 28 Estados luce el sol en un cielo azul purísima, nada puede desbaratarlo. “Todo ciudadano de la Unión  tiene derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros”,  así se recoge en el artículo 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Continuamos el viaje. De forma gradual aparecen algunas nubes que no nos hacen temer por nuestra travesía. La Directiva que trata sobre el derecho a la libre circulación y residencia, la sorprendente Directiva 2004/38/CE, establece el derecho de desplazamiento y de residencia sin condiciones en un periodo no superior a los tres meses. Parece que el derecho fundamental antes mencionado solo se puede disfrutar un trimestre. Empezamos a mirar con más frecuencia al cielo y cierto temor empieza a apoderarse de nosotros. Las nubes se van convirtiendo en nubarrones. La Directiva establece también dos categorías distintas de ciudadanos en lo que se refiere a esa libertad de circulación. Por una parte los asalariados y los trabajadores por cuenta propia y por otra los estudiantes y otras personas inactivas. Su explicación para esta diferenciación es que se realiza con la idea de simplificar y reforzar el derecho a la libre circulación y residencia. Los nubarrones dejan cada vez menos entrever el cielo europeo pero todavía no amenaza lluvia, nuestro viaje puede continuar. Sin embargo da la impresión que el derecho a  la libre circulación y residencia está muy limitado, primero en el tiempo (sólo tres meses) y luego por la condición de activo o inactivo del ciudadano europeo. Si verdaderamente se busca respetar la libertad de circulación y de residencia que establece  la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE ¿por qué ese límite de tres meses? ¿Por qué esas diferencias entre los ciudadanos de la Unión? “Todo ciudadano de la Unión tiene derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros” Si miramos más allá de esos tres meses en los que podemos viajar y disfrutar de una Europa abierta, sin fronteras, donde las culturas se mezclan y el mestizaje nos hace crecer como ciudadanos, los nubarrones se han vestido de luto y cargado de lluvia. Para poder disfrutar del derecho de residencia de duración superior a tres meses hay que cumplir ciertas condiciones, sorprendentemente, o no, la primera es trabajar por cuenta ajena o propia en el país anfitrión. La segunda tener recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de ese Estado. ¿Cuándo exactamente se convierte un ciudadano en una carga? ¿Cuándo no es productivo? ¿Cuándo deja de ser un turista al uso que no hace otra cosa que consumir paquetes vacacionales? La primacía del concepto económico es verdaderamente sorprendente en esta Directiva. No se busca la libre circulación de los ciudadanos por el beneficio que pueda proporcionarles sino para que los Estados puedan obtener más beneficios económicos  por la movilidad de la fuerza de trabajo. ¿Cómo se puede hablar de ciudadanía europea si todavía para obtener el derecho de residencia permanente en un país al que se llama anfitrión hay que residir legalmente en él durante un periodo ininterrumpido de 5 años? ¿No somos todos ciudadanos europeos? Parece que la soberanía de los Estados está muy por encima del derecho de libre circulación y del principio de igualdad que tienen los ciudadanos. La aglomeración de nubes cada vez es mayor, pero sigue la calma. Una calma chicha, de esas que se dan en los mares que nada bueno presagian. Pero no seamos agoreros, veamos el lado positivo, el nublado nos permite viajar sin el agobio de la canícula veraniega. La Directiva reconoce el derecho de residencia de los miembros de la familia de un ciudadano de la Unión que no tengan nacionalidad de un Estado miembro. Queda así recogido el derecho reconocido en la Carta del respeto a la libertad y dignidad porque  ¿quién piensa que una persona puede vivir con libertad y dignamente si no se respeta su vida privada y familiar?  Obviamente habrá quien esgrima que se pueden producir abusos y que no se puede permitir que personas que no son ciudadanas de la Unión disfruten de las ventajas de ser ciudadano europeo. De hecho la misma Directiva en su artículo 35 habla del abuso de derecho. Pero ¿se puede considerar un abuso querer mejorar las condiciones de vida de nuestra familia aunque no pertenezca a un Estado miembro? La Unión Europea y sus Estados tienen que avanzar mucho para erradicar ese pensamiento egocéntrico y chauvinista y abrirse a un mundo global en el que todas las personas debemos tener los mismos derechos. El derecho a la dignidad humana pasa por el reconocimiento de la igualdad entre todas las personas. Pero las nubes siguen con su evolución, cada vez más compactas, cada vez más oscuras, cada vez más llenas. Las gotas de lluvia no caen inmediatamente al suelo sino que van creciendo, cogiendo peso.  La Directiva establece que todo ciudadano de la UE o miembro de su familia podrá ser expulsado del territorio del país anfitrión por razones de orden público, seguridad o sanidad y en ningún caso podrá tal decisión fundamentarse en razones económicas.  Ahora bien, ¿no es fundamentarse en razones económicas establecer el requisito de tener los recursos suficientes para no ser una carga para el Estado anfitrión? La Directiva establece en su artículo 39 la necesidad de presentar un informe sobre la aplicación de esta Directiva a más tardar en abril de 2008 y abordar la oportunidad de ampliar el periodo en el que los ciudadanos de la Unión y los miembros de sus familias pueden residir en el territorio del Estado miembro de acogida sin condiciones, es decir ampliar ese periodo de tres meses que recoge la norma. En ese informe se recoge la preocupación del Parlamento por la manera en que algunos Estados miembros aplican la libertad de circulación y se afirma que la transposición general de la Directiva es muy desalentadora,  “ningún Estado miembro ha transpuesto la Directiva de manera efectiva y correcta en su totalidad”. Ante esta situación son los Estados una vez más los que tienen que avanzar en su aceptación de la existencia de una nueva gobernanza en la que los derechos de los ciudadanos de la Unión están por encima de los intereses económicos y nacionalistas de los Estados. Cuando dos masas de aire a diferente temperatura, ciudadanos y estados, se encuentran se dan las condiciones para que se produzca una tormenta. Si la Unión trata así a sus propios ciudadanos ¿por qué nos sorprendemos del trato que se da a los ciudadanos de terceros países? Cuando llegamos a este punto de nuestro viaje las nubes ya no pueden contenerse más, se aprestan a descargar. Estalla la tormenta. Relámpagos, turnos. Salimos en estampida, excursionistas sin gps. ¿Dónde buscar refugio? Algunos Estados dan cobijo a los viajeros más perdidos, como Alemania o Francia otros como España se niegan porque las cuotas “no son justas ni realistas”. Otros mandan perros y policía para parar la entrada de migrantes ¿Es justo dejar en la intemperie a personas que solo quieren buscar un futuro mejor?  Nos queda mucho camino por recorrer para ser solidarios y justos con los ciudadanos tanto europeos como de otros países. El gran problema de las tormentas de verano es que pronto se olvidan.  El espacio europeo es el símbolo más claro de la unidad de los Estados que forman la Unión Europea sería deseable que eso no se nos olvidara. Fotografía del artículo: Guillermo Viciano (Flickr)]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.otromundoestaenmarcha.org/otra-economia-esta-en-marcha/wp-content/uploads/sites/15/2015/08/playa-sombrilla.jpg"><img class="alignnone wp-image-48 size-full" src="http://www.otromundoestaenmarcha.org/otra-economia-esta-en-marcha/wp-content/uploads/sites/15/2015/08/playa-sombrilla.jpg" alt="playa-sombrilla" width="1024" height="683" /></a></p>
<p>Por Rosario Goñi (Economistas sin Fronteras)</p>
<p>Llegó el verano. Sale el sol, emprendemos la ruta hacia la playa o el monte, planeamos asistir a conciertos, ver museos. Hace calor, planificamos vacaciones, inventamos viajes. Los ciudadanos europeos tenemos la posibilidad de disfrutar de ese espacio europeo sin fronteras, característica fundamental de la Unión Europea. Toda una oportunidad de conocer de primera mano culturas, costumbres, idiomas, paisajes que nos pertenecen, que son parte de nosotros, de la ciudadanía europea. No estamos obligados a enseñar carné identificativo en la frontera entre Estados, incluso podemos viajar junto con nuestras mascotas y con nuestro carné de conducir desplazarnos en automóvil por toda la Unión.</p>
<p>Comenzado el viaje por los 28 Estados luce el sol en un cielo azul purísima, nada puede desbaratarlo. “Todo ciudadano de la Unión  tiene derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros”,  así se recoge en el artículo 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.</p>
<p>Continuamos el viaje. De forma gradual aparecen algunas nubes que no nos hacen temer por nuestra travesía. La Directiva que trata sobre el derecho a la libre circulación y residencia, la sorprendente <a href="https://www.boe.es/doue/2004/158/L00077-00123.pdf">Directiva 2004/38/CE</a>, establece el derecho de desplazamiento y de residencia sin condiciones en un periodo no superior a los tres meses. Parece que el derecho fundamental antes mencionado solo se puede disfrutar un trimestre. Empezamos a mirar con más frecuencia al cielo y cierto temor empieza a apoderarse de nosotros. Las nubes se van convirtiendo en nubarrones. La Directiva establece también dos categorías distintas de ciudadanos en lo que se refiere a esa libertad de circulación. Por una parte los asalariados y los trabajadores por cuenta propia y por otra los estudiantes y otras personas inactivas. Su explicación para esta diferenciación es que se realiza con la idea de simplificar y reforzar el derecho a la libre circulación y residencia. Los nubarrones dejan cada vez menos entrever el cielo europeo pero todavía no amenaza lluvia, nuestro viaje puede continuar. Sin embargo da la impresión que el derecho a  la libre circulación y residencia está muy limitado, primero en el tiempo (sólo tres meses) y luego por la condición de activo o inactivo del ciudadano europeo. Si verdaderamente se busca respetar la libertad de circulación y de residencia que establece  la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE ¿por qué ese límite de tres meses? ¿Por qué esas diferencias entre los ciudadanos de la Unión?</p>
<blockquote><p>“Todo ciudadano de la Unión tiene derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros”</p></blockquote>
<p>Si miramos más allá de esos tres meses en los que podemos viajar y disfrutar de una Europa abierta, sin fronteras, donde las culturas se mezclan y el mestizaje nos hace crecer como ciudadanos, los nubarrones se han vestido de luto y cargado de lluvia. Para poder disfrutar del derecho de residencia de duración superior a tres meses hay que cumplir ciertas condiciones, sorprendentemente, o no, la primera es trabajar por cuenta ajena o propia en el país anfitrión. La segunda tener recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de ese Estado. ¿Cuándo exactamente se convierte un ciudadano en una carga? ¿Cuándo no es productivo? <strong>¿Cuándo deja de ser un turista al uso que no hace otra cosa que consumir paquetes vacacionales?</strong> La primacía del concepto económico es verdaderamente sorprendente en esta Directiva. No se busca la libre circulación de los ciudadanos por el beneficio que pueda proporcionarles sino para que los Estados puedan obtener más beneficios económicos  por la movilidad de la fuerza de trabajo.</p>
<p>¿Cómo se puede hablar de ciudadanía europea si todavía para obtener el derecho de residencia permanente en un país al que se llama anfitrión hay que residir legalmente en él durante un periodo ininterrumpido de 5 años? ¿No somos todos ciudadanos europeos? Parece que la soberanía de los Estados está muy por encima del derecho de libre circulación y del principio de igualdad que tienen los ciudadanos.</p>
<p>La aglomeración de nubes cada vez es mayor, pero sigue la calma. Una calma chicha, de esas que se dan en los mares que nada bueno presagian. Pero no seamos agoreros, veamos el lado positivo, el nublado nos permite viajar sin el agobio de la canícula veraniega. La Directiva reconoce el derecho de residencia de los miembros de la familia de un ciudadano de la Unión que no tengan nacionalidad de un Estado miembro. Queda así recogido el derecho reconocido en la Carta del respeto a la libertad y dignidad porque  ¿quién piensa que una persona puede vivir con libertad y dignamente si no se respeta su vida privada y familiar?  Obviamente habrá quien esgrima que se pueden producir abusos y que no se puede permitir que personas que no son ciudadanas de la Unión disfruten de las ventajas de ser ciudadano europeo. De hecho la misma Directiva en su artículo 35 habla del abuso de derecho. Pero <strong>¿se puede considerar un abuso querer mejorar las condiciones de vida de nuestra familia aunque no pertenezca a un Estado miembro?</strong> La Unión Europea y sus Estados tienen que avanzar mucho para erradicar ese pensamiento egocéntrico y chauvinista y abrirse a un mundo global en el que todas las personas debemos tener los mismos derechos. El derecho a la dignidad humana pasa por el reconocimiento de la igualdad entre todas las personas.</p>
<p>Pero las nubes siguen con su evolución, cada vez más compactas, cada vez más oscuras, cada vez más llenas. Las gotas de lluvia no caen inmediatamente al suelo sino que van creciendo, cogiendo peso.  La Directiva establece que todo ciudadano de la UE o miembro de su familia podrá ser expulsado del territorio del país anfitrión por razones de orden público, seguridad o sanidad y en ningún caso podrá tal decisión fundamentarse en razones económicas.  Ahora bien, ¿no es fundamentarse en razones económicas establecer el requisito de tener los recursos suficientes para no ser una carga para el Estado anfitrión?</p>
<p>La Directiva establece en su artículo 39 la necesidad de presentar un informe sobre la aplicación de esta Directiva a más tardar en abril de 2008 y abordar la oportunidad de ampliar el periodo en el que los ciudadanos de la Unión y los miembros de sus familias pueden residir en el territorio del Estado miembro de acogida sin condiciones, es decir ampliar ese periodo de tres meses que recoge la norma. En ese informe se recoge la preocupación del Parlamento por la manera en que algunos Estados miembros aplican la libertad de circulación y se afirma que la transposición general de la Directiva es muy desalentadora,  “ningún Estado miembro ha transpuesto la Directiva de manera efectiva y correcta en su totalidad”. Ante esta situación son los Estados una vez más los que tienen que avanzar en su aceptación de la existencia de una nueva gobernanza en la que los derechos de los ciudadanos de la Unión están por encima de los intereses económicos y nacionalistas de los Estados.</p>
<p>Cuando dos masas de aire a diferente temperatura, ciudadanos y estados, se encuentran se dan las condiciones para que se produzca una tormenta. Si la Unión trata así a sus propios ciudadanos <strong>¿por qué nos sorprendemos del trato que se da a los ciudadanos de terceros países?</strong> Cuando llegamos a este punto de nuestro viaje las nubes ya no pueden contenerse más, se aprestan a descargar. Estalla la tormenta. Relámpagos, turnos. Salimos en estampida, excursionistas sin gps. ¿Dónde buscar refugio? Algunos Estados dan cobijo a los viajeros más perdidos, como Alemania o Francia otros como España se niegan porque las cuotas “no son justas ni realistas”. Otros mandan perros y policía para parar la entrada de migrantes ¿Es justo dejar en la intemperie a personas que solo quieren buscar un futuro mejor?  Nos queda mucho camino por recorrer para ser solidarios y justos con los ciudadanos tanto europeos como de otros países. El gran problema de las tormentas de verano es que pronto se olvidan.  El espacio europeo es el símbolo más claro de la unidad de los Estados que forman la Unión Europea sería deseable que eso no se nos olvidara.</p>
<p>Fotografía del artículo: <a href="https://www.flickr.com/photos/gviciano/3677041027/in/photolist-6AVNc6-j2JCK-8cbo17-54JvoS-pRZvFr-p3xeQp-eUz4tZ-u3keyc-pWngSM-Cyy83-4Sxdwf-viX9Bo-8mZ8M2-d6gePQ-spQZGX-nHoLRL-5h9P1k-iTezQ2-oSFDMb-75QyUB-wjbUWH-x7974S-jxpD3f-ahZAg2-p6aoWw-wALZwh-5wzULx-6pq211-werFg7-iRMg1Y-5s5SK2-5AZCf-eNwXTV-dQhbEH-51mDZJ-7RaUti-e4sZvT-DqtS-s9vqYs-2hT8XP-9iX1tG-3cF1v1-6LSXkV-2jqCN4-9CkNCA-ry7vWc-s8ogG6-wg2NXe-6negrD-2VPcMS" target="_blank">Guillermo Viciano (Flickr)</a></p>
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